Contabilidad España: Factura Multa de Cliente

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

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Re: Factura Multa de Cliente

Notapor DATAKON » 17/04/2021 09:29

Esto dice el nenunciado de la pregunta:
bermeo escribió:Hola!
Tengo un cliente que si recibe mal la mercancía o con retraso nos emite una factura, y se lo descuenta de la factura que nos debe
Hasta ahora lo que se ha estado haciendo es contabilizarlo como devolución de ventas, pero como proveedor, ( nunca había visto esto) y generalmente por motivos de distancia no se devuelve la mercancía, es decir no vuelve a entrar en el almacén

¿ Cómo lo haríais vosotros? ¿Como devolución de ventas? O como una multa directamente? ¿Que cuenta utilizarías?

Gracias!!!

En un principio, yo había interpretado que el "cliente", sería en éste caso de una posible Gestoria. Por eso había interpretado que si recibe mal una mercancía, es que se trataba de una compra. Las ventas no se reciben. Se envían....

Ahora que vuelvo a leer el enunciado, interpreto que el enunciante esta hablando como PROVEEDOR, y no como cliente, mal interpretarlo así por mi parte. En tal caso, si, estoy de acuerdo con la cuenta 708, en vez de la 608.

Punto y final, por mi parte...
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire)
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Re: Factura Multa de Cliente

Notapor edujuconta » 17/04/2021 10:48

En mi opinión, debe contabilizarse como "Devolución de ventas" (708), ajustándose al hecho contable real, independientemente de lo que suceda con la facturación.

En cuanto a la factura, aplicando estrictamente el reglamento se debería expedir una factura rectificativa. Como no se hace y tampoco es cosa de andar peleándose con los clientes por cuestiones formales, el documento que justifica el asiento será la factura enviada por el cliente en la que será conveniente diligenciar una pequeña explicación: "Devolución de ventas por mala calidad manifestada por el cliente en el envío xxx".
Será conveniente aclarar con el cliente si el IVA de su factura se tratará como IVA repercutido por el cliente o menor IVA repercutido por el proveedor. Y, a partir de ahí, aplicar el principio de uniformidad.
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Re: Factura Multa de Cliente

Notapor DATAKON » 17/04/2021 12:45

A una cuenta de ingresos (base imponible) le correspondería un IVA como tal.

Por lo demás, procedimientos y formalidades, ya está to previsto en el art. 5 del actual Reglamento de Facturación, RD.1619/2012. Otra cosa aparte, es que no se cumpla estrictamente en tos sus términos reglamentarios, aceptándose cualquier tipo de "componendas":

Artículo 5. Cumplimiento de la obligación de expedir factura por el destinatario o por un tercero.

1. La obligación a que se refiere el artículo 2 podrá ser cumplida materialmente por los destinatarios de las operaciones o por terceros. En cualquiera de estos casos, el empresario o profesional o sujeto pasivo obligado a la expedición de la factura será el responsable del cumplimiento de todas las obligaciones que se establecen en este título.

2. Para que la obligación a que se refiere el artículo 2 pueda ser cumplida materialmente por el destinatario de las operaciones, habrán de cumplirse los siguientes requisitos:

a) Deberá existir un acuerdo entre el empresario o profesional que realice las operaciones y el destinatario de éstas, por el que el primero autorice al segundo la expedición de las facturas correspondientes a dichas operaciones. Este acuerdo deberá suscribirse con carácter previo a la realización de las operaciones y en él deberán especificarse aquéllas a las que se refiera.

b) Cada factura así expedida deberá ser objeto de un procedimiento de aceptación por parte del empresario o profesional que haya realizado la operación. Este procedimiento se ajustará a lo que determinen las partes.

c) El destinatario de las operaciones que proceda a la expedición de las facturas deberá remitir una copia al empresario o profesional que las realizó.

d) Estas facturas serán expedidas en nombre y por cuenta del empresario o profesional que haya realizado las operaciones que en ellas se documentan.

3. La obligación de expedir factura podrá ser cumplida por los empresarios o profesionales o sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido, mediante la contratación de terceros a los que encomienden su expedición.

4. Cuando el destinatario de las operaciones o el tercero que expida las facturas no esté establecido en la Unión Europea, salvo que se encuentre establecido en Canarias, Ceuta o Melilla o en un país con el cual exista un instrumento jurídico relativo a la asistencia mutua con un ámbito de aplicación similar al previsto por la Directiva 2010/24/UE del Consejo, de 16 de marzo de 2010, sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinados impuestos, derechos y otras medidas, y el Reglamento (UE) n.º 904/2010 del Consejo, de 7 de octubre de 2010, relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, únicamente cabrá la expedición de facturas por el destinatario de las operaciones o por terceros previa comunicación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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Re: Factura Multa de Cliente

Notapor adversaria » 17/04/2021 13:02

Parece que no terminamos de enterarnos de cuál es el supuesto concreto... :roll:

adversaria escribió:bermeo: (...) Por último, no te dejes confundir con los supuestos de emisión de la factura por parte del destinatario: se trata de aquellos casos en que la expedición material de la factura la hace el propio cliente (es decir, la confecciona o redacta) pero el emisor sigue siendo el proveedor sólo que se libera de tener que extenderla por sus medios (p. ej., las facturas de comisiones que la empresa emite liberando así de hacerlo a sus agentes comerciales, de los que es cliente). Si éste fuera el caso que nos ocupa no estaríamos hablando nada porque el proveedor ya hubiera emitido vuestra factura con el descuento incluido y tú la estarías contabilizando como cualquier otra factura de vuestra empresa, no del proveedor.
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Re: Factura Multa de Cliente

Notapor bermeo » 17/04/2021 15:47

Muchas gracias a todos!!
Y también pediros disculpas, porque ahora que he leído el planteamiento está fatal explicado y veo que os ha llevado por culpa mía a confusiones
Pero aún así me habéis podido traducir,
Me ha quedado claro
Muchas gracias por vuestra generosidad y paciencia

Saludos
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Re: Factura Multa de Cliente

Notapor adversaria » 17/04/2021 16:30

bermeo escribió:Muchas gracias a todos!!
Y también pediros disculpas, porque ahora que he leído el planteamiento está fatal explicado y veo que os ha llevado por culpa mía a confusiones
Pero aún así me habéis podido traducir,
Me ha quedado claro
Muchas gracias por vuestra generosidad y paciencia

Saludos


De nada... pero no seas tan severo contigo que no está fatal explicado ni mucho menos. :D
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