A3, Contasol, Contaplus,...: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

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[CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor megacontable » 06/04/2021 21:25

Hola,
como podríamos meter esto en el contasol?

tengo un autonomo en recargo equivalencia.
las ventas que realice tienen que ir de esta manera

xxx (430) a (700) xxx

En la cuenta 700 ya estaría incluido todo el Iva repercutido, no hay que discriminar.
Como lo puedo hacer esto en contasol, sin recurrir a declarar exenta en Iva la operación? como habría que configurar la ficha de cliente?
gracias.
megacontable
 
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor MGA » 06/04/2021 22:52

Todo dependerá de lo que se venda, si se le venden productos con el Iva superreducido (leche, pan etc.)el RE sería el 0,50%, si los productos son al Iva reducido sería el 1,40% y si fueran al General sería al 5,20%.
Podría ocurrir que se trabajara con todos los tipos (una tienda de comestibles) y tendrías que configurar a ese cliente con tres tipos de Iva y tres recargos de equivalencia.
Dentro de las opciones de configuración al dar de alta al cliente y al ir a
cumplimentar su ficha es donde hay que definir el tipo de Iva y RE

Manolo
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor megacontable » 08/04/2021 14:40

MGA escribió:Todo dependerá de lo que se venda, si se le venden productos con el Iva superreducido (leche, pan etc.)el RE sería el 0,50%, si los productos son al Iva reducido sería el 1,40% y si fueran al General sería al 5,20%.
Podría ocurrir que se trabajara con todos los tipos (una tienda de comestibles) y tendrías que configurar a ese cliente con tres tipos de Iva y tres recargos de equivalencia.
Dentro de las opciones de configuración al dar de alta al cliente y al ir a
cumplimentar su ficha es donde hay que definir el tipo de Iva y RE

Manolo


Si, pero a nivel contable, el asiento sólo sería por la cuenta del grupo 7 a cuenta del grupo 43.
De ahí mi pregunta que cómo se puede configurar contasol para que me permita dejarlo contablemente de esta manera.
Gracias
megacontable
 
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor MGA » 08/04/2021 15:04

Mira este video a ver si te sirve:

https://www.youtube.com/watch?v=oIGTSEWlqxI

Manolo
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor megacontable » 08/04/2021 15:44

MGA escribió:Mira este video a ver si te sirve:

https://www.youtube.com/watch?v=oIGTSEWlqxI

Manolo


Gracias por el vídeo.
La venta con la cuenta del grupo 7 debe incluir también el recargo (de la misma manera que la compra incluye el recargo en cuenta del grupo 6) pero en el vídeo los separa.
Cómo podría contabilizarlo correctamente todo en la cuenta del grupo 7? Cómo podría configurar el contasol para ello?
Gracias
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor megacontable » 08/04/2021 18:47

MGA escribió:Mira este video a ver si te sirve:

https://www.youtube.com/watch?v=oIGTSEWlqxI

Manolo

Yo quiero contabilizar la venta al consumidor final
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor MGA » 08/04/2021 19:04

Ese video que por cierto no he terminado de ver está basado en un asiento de una venta a una persona que está en Recargo de equivalencia y por eso se le cobra el tipo que se corresponda con el bien y su recargo.
Si yo vendo a una librero que está en Recargo un libro que cuesta 100 €, le cobraré 100 + 4 + 0,50 (100 por la Base, 4 por el 4% sobre 100 y 0,50 por el recargo del 0,50 sobre 100) y ese librero asumirá todo como un gastos en una cta. del grupo 6 COMPRAS y el no puede repercutir ningún iva ni ningún recargo a ti que eres el consumidor final.
Por eso separa la base, la cuota de Iva y el recargo en dos ctas 477 distintas.
Por lo tanto olvídate del asiento que haría el cliente (en recargo) al consumidor final: simplemente Clientes ……..a.....Ventas.

Manolo
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor megacontable » 08/04/2021 20:13

MGA escribió:Ese video que por cierto no he terminado de ver está basado en un asiento de una venta a una persona que está en Recargo de equivalencia y por eso se le cobra el tipo que se corresponda con el bien y su recargo.
Si yo vendo a una librero que está en Recargo un libro que cuesta 100 €, le cobraré 100 + 4 + 0,50 (100 por la Base, 4 por el 4% sobre 100 y 0,50 por el recargo del 0,50 sobre 100) y ese librero asumirá todo como un gastos en una cta. del grupo 6 COMPRAS y el no puede repercutir ningún iva ni ningún recargo a ti que eres el consumidor final.
Por eso separa la base, la cuota de Iva y el recargo en dos ctas 477 distintas.
Por lo tanto olvídate del asiento que haría el cliente (en recargo) al consumidor final: simplemente Clientes ……..a.....Ventas.

Manolo


Hola Manolo, muchas gracias por la respuesta.
te comento:
Yo soy un minorista en recargo equivalencia (farmaceutico) y tengo que contabilizar la venta que le hago a los clientes (consumidores finales).
Contablemente tiene que ir todo a la cuenta del grupo 7, no puedo discriminar entre grupo 477 y grupo 7xx.

Como lo haría en contasol?

Gracias
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor MGA » 08/04/2021 20:52

Con un asiento simple con dos cuentas: 430XX de Clientes de Venta por la suma de todos los tiques habidos en el día y abono a la 700 de Ventas.

Si al final esa recaudación va a la Caja sería hacer el asiento de:

XX Caja (Recaudación del día)… a...(Suma de tiques) Clientes de Venta XXX

Crear una cta. de Clientes de Venta o Clientes de Efectivo con el parámetro de EXENTO en el Iva para así no utilizar ninguna cta. más que las dos citadas arriba.

Manolo
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Re: [CONTASOL] VENTAS EN RECARGO EQUIVALENCIA

Notapor megacontable » 08/04/2021 20:56

MGA escribió:Con un asiento simple con dos cuentas: 430XX de Clientes de Venta por la suma de todos los tiques habidos en el día y abono a la 700 de Ventas.

Si al final esa recaudación va a la Caja sería hacer el asiento de:

XX Caja (Recaudación del día)… a...(Suma de tiques) Clientes de Venta XXX

Crear una cta. de Clientes de Venta o Clientes de Efectivo con el parámetro de EXENTO en el Iva para así no utilizar ninguna cta. más que las dos citadas arriba.

Manolo


Muchas gracias Manolo. Así lo haré!!
Ahi la cuestión es que al presentar el modelo 100, la AEAT te exige que discrimines entre base imponible y cuota Iva "repercutido" en la venta, pero me parece buena opción lo que me dices.

PD: por si te interesa, hay un grupo de telegram para preguntar dudas y demás, por si te interesa: https://t.me/contasol

Saludos!!!
megacontable
 
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