Laboral y Seguridad Social: Erte y cese

Gestión de nóminas, seguros sociales, incapacidades transitorias, ...

Moderador: Laboral y Seguridad Social

Erte y cese

Notapor Lorenius1989 » 17/03/2020 22:13

Buenas a todos!!! Quería haceros una pregunta en relación a las medias que han tomado hoy porque estoy súper perdida con esto. Un autonomo con trabajadores que va a hacer un erte puede también hacer el cese y solicitar la prestación por cese? O al tener un erte tiene que seguir dado de alta?
Por otro lado, a que pasa con las personas que hagan cese y lo cobren que tengan tarifa plana al volver??
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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 17/03/2020 23:08

Yo he querido entender, que un ERTE no es una pérdida del empleo, ni un cese. Y en éste caso del coronavirus, simplemente, un SUSPENSION ESPECIAL laboral, del personal que finalmente acepte el SEPE, en las mismas condiciones a las iniciales. Es decir, simplemente una interrupción de su actividad, tal como si fuesen unas vacaciones. Eso en cuanto a los trabajadores.

Y por parte del autónomo, mas de lo mismo. Una suspensión temporal, conservando los mismos derechos a los que ya ostenta.

Con la parte económica no me meto, hasta conocer los detalles, una vez salga el decreto en el BOE. En el supuesto que se mencionen. Si mañana sale, como es de esperar, mañana nos enteraremos de los detalles.

Creo que to Dios debería esperar a conocer la letra de la legislación. Y entonces, si algo no entiende, o existe alguna duda, entonces, si, preguntar. Y aún así, es mu posible que varios pudiésemos tener distintas interpretaciones. En cualquier caso, la Delegación Provincial de Empleo, de ca zona, le correspondería ampliar los detalles. Es de esperar, se habilite algún numero de teléfono o página WEB, pa poder informar a quien lo solicite....

NO OLVIDEMOS, QUE ESTAMOS ANTE UN CASO ESPECIALISIMO....Nunca se ha dao otro igual. Por lo tanto, no existe experiencia ni práctica en ciertos detalles.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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Re: Erte y cese

Notapor Lorenius1989 » 17/03/2020 23:58

Pero en casos normales se puede dar un erte y un cese del autónomo a la vez??? Es que jamás he tramitado un erte y no sé si se puede hacer un ERTE y que a la vez el empresario cese existiendo este erte.
Pd: he entrado en bucle jajaja
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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 18/03/2020 00:36

En condiciones normales, no sé exactamente si un autónomo puede hacerse un ERTE, o un cese temporal, así mismo. Un ERTE, no es mas que lo mismo que un ERE, solo que temporal.

¿Y quien lo llevan a cabo?...Yo siempre he entendido que las empresas con respecto a sus trabajadores. ¿Pero....un autónomo, así mismo?. Lo vería dificil...Francamente, no sé si eso existe...

Lo que si creo haber entendido, es que al autónomo se le podría aplicar el cese de sus cotizaciones sociales, durante el tiempo que durase la crisis, y quizás alguna que otra moratoria fiscal. Y claro, darse de baja, siempre lo puede hacer....Pero en éste caso que plantea, al tener trabajadores, y posteriormente tenerlos que "reincorporar" a la actividad, una vez finalizado el periodo de aislamiento, me parece que en tal caso sería materialmente imposible que asimismo se pudiera aplicar el mismo ERTE. La empresa es el mismo autónomo, y debe "existir" (o estar en situación de actividad) pa poder llevar a cabo esa reincorporación.

En fin. Ya digo que estamos ante un caso especialisimo, y hasta no conocer los detalles del decreto mañana, lo mejor es no ponerse a especular. Es mu arriesgao ponerse a opinar/interpretar las noticias de ahora del Gobierno, (que por otra parte solo ha sido un resumen), sin conocer/estudiar, con detalles, la letra del decreto. Mejor esperar a que salga a la luz....Y aún así...ya veremos....decia un ciego..
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Re: Erte y cese

Notapor Lorenius1989 » 18/03/2020 15:46

Buenas!!! La verdad es que no me ha aclarado nada mis dudas el Real decreto... No se muy bien si se puede hacer el cese y además el erte o si pierden la bonificscion al reanudar la actividad.... Alguien sabe algo?
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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 18/03/2020 17:36

Con respecto a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, algo existe en éste RD. Yo confieso que to, en profundidad no me lo he estudiado, porque no me afecta en na. Solo un poquitin de curiosidad......Pero los que tengais algún tipo de interés, creo que deberiais estudiarlo a fondo. Es mas, os aconsejo aparte, examineis otras paginas de la prensa económica especializada. La TV, en muchos programas de tertulia, también se está comentando el caso de los autónomos. Si bien, tos coinciden en que las medidas son insuficientes pa éste colectivo:

RD. 8/2020:
https://boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf





¿Te has fijao en el art.17 del mismo?. Algo es algo, aunque no llegue al total de las peticiones formuladas por éste Grupo o Colectivo Gremial. Pero de momento, es lo que hay.


AUTONOMOS:
Artículo 17. Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
1. Con carácter excepcional y vigencia limitada a un mes, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, o hasta el último día del mes en que finalice dicho estado de alarma, de prolongarse éste durante más de un mes, los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas, en virtud de lo previsto en el mencionado Real Decreto, o, en otro caso, cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad que se regula en este artículo, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
…………………………………………
2. La cuantía de la prestación regulada en este artículo se determinará aplicando el 70 por ciento a la base reguladora, calculada de conformidad con lo previsto en el artículo 339 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Cuando no se acredite el período mínimo de cotización para tener derecho a la prestación, la cuantía de la prestación será equivalente al 70 por ciento de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
3. La prestación extraordinaria por cese de actividad regulada en este artículo tendrá una duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes. El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

Aparte, echale tambien, un vistazo al art.22, sobre trabajadores por cuenta ajena:
....
2. En los supuestos en que se decida por la empresa la suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo con base en las circunstancias descritas en el apartado 1, se aplicarán las siguientes especialidades, respecto del procedimiento recogido en la normativa reguladora de estos expedientes:
.........
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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 18/03/2020 17:55

Otro enlace, mediante indice tematico (mayor rapidez al tema concreto), aportao por CISS, sobre éste Real Decreto, que me acaba de llegar:

https://cisscontablemercantil.ciss.es/C ... ==WKE#I125
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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 18/03/2020 18:17

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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 18/03/2020 18:28

....Y SEGUIMOS:

CINCO DIAS:

Las juntas podrán celebrarse
hasta octubre y habrá más
plazo para publicar las cuentas

La CNMV habia solicitado que se relajara la normativa
para evitar juntas con peligro de contagio
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/17/mercados/1584478184_034718.html



Las empresas que se acojan
a los ERTE exprés tendrán que
mantener el empleo seis meses después


La exoneración de cotizaciones a las compañías será del 75% y del 100% para las que tengan menos de 50 trabajadores
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/18/economia/1584533147_867966.html
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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 18/03/2020 18:40

Lorenius1989 escribió:Buenas!!! La verdad es que no me ha aclarado nada mis dudas el Real decreto... No se muy bien si se puede hacer el cese y además el erte o si pierden la bonificscion al reanudar la actividad.... Alguien sabe algo?


Que preguntas haces...

Lo único que, de momento, alguien sepa algo, sería, en to caso, lo que se desprende de la lectura del RD. en cuestión, conforme a su sentido común/interpretativo....

* Yo interpreto que si, tanto los trabajadores y en su caso, los autonomos, se acojen a éste ERTE, las condiciones del mismo no tendrían porqué afectar a los derechos ya adquirido. Y entre ellos, es de suponer, se encuentran los que señalas...

Esto es lo que yo interpreto de su lectura....Y como es lógico ca uno puede hacer su propio "ensayo" interpretativo.

En cualquier caso, ya he dicho con anterioridad, que las Delegaciones Provinciales de Empleo, están pa algo....

No obstante, hay que estar mu pendiente de la interpretación e información por parte de la prensa especializada, como mejor conocedores de estos temas...Yo estoy en ello...

¿Quien del Foro, espera tu que alguien te pueda concretar na seguro, sobre un tema, que aun está como pan recien salio del horno?...Mu, mu, mu, calentito....
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Re: Erte y cese

Notapor DATAKON » 18/03/2020 19:12

….y seguimos.
Me sigue llegando información de interés. Ahí va:

CISS:
COMUNIDADES: Puntos infomativos sobre el COVID-19
https://cissfiscal.ciss.es/Content/Docu ... ZhVAAAAWKE

ANALISIS: Medidas urgentes extraordinarias en relación con el COVID-19. Principales novedades laborales (Análisis del RDL 8/2020, de 17 de marzo
https://cisslaboral.ciss.es/Content/Doc ... gAAAA==WKE

Comunicación de la empresa a los representantes de los trabajadores de su solicitud a la autoridad laboral para extinguir contratos de trabajo por causa de fuerza mayor
https://cisslaboral.ciss.es/Content/Doc ... mlWAAAAWKE
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Re: Erte y cese

Notapor carly » 18/03/2020 19:22

Buenas tardes, estoy dando todo el día vueltas a estos temas, ya que a mi si me afectan, te cuento lo que creo que he averiguado, sin ser nada 100% seguro.

Sobre el cese por actividad de los autónomos, hay dos cuestiones:
1º Los que no pueden abrir sus establecimientos por Decreto, estos pueden pedir el cese siempre que quieran, y los que pudiendo abrir pero "su facturación en el mes anterior a su solicitud se vea reducida en mas del 75% del promedio de los 6 meses anteriores" en este caso yo no entiendo nada, ya que si la solicitas ahora en el mes anterior no tiene porque haber caido la facturación, caera desde el estado de alarma en adelante por pura lógica, así que esto parece hasta una errata. Luego esta la cuestión de como acreditar dicha reducción de facturación, hasta la fecha he habaldo con las Mutuas que son las que gestionan este tema, y no saben decirmelo.

2º Esta la cuestión de si para solicitarlo, hay que dar de baja la actividad en s.social y hacienda, unas me han dicho que si, otras que no, he incluso me han mandado un escrito donde dicen que no es necesario. En caso de que esto ultimo se confirme y no sea necesario, arreglaría muchos casos como el que planteas, por ejemplo los casos de empresas con ERTES, no es lógico darte de baja cuando sigues teniendo trabajadores aunque haya habido un ERTE, también arregla el caso que dices de las bonificaciones, o los casos en los que por subvenciones percibidas hay que estar de alta un tiempo ininterrumpidamente.


La verdad que me surgen muchas dudas respecto a los decretos, hay muchos epigrafes que no se si están dentro de lo que el Decreto obliga a cerrar, o no, por ejemplo, un centro de estética? entiendo que obligado a cerrar, un compra venta de vehículos? un taller? en fin mil dudas, sobre las que no hay interpretaciones ni jurisprudencia.

Todo lo que vaya averiguando lo iré aportando, hacer lo mismo que me hace mucha falta, graciasssssss
carly
 
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Re: Erte y cese

Notapor Lorenius1989 » 18/03/2020 21:26

Muchísimas gracias por las aportaciones. Llevo toda la mañana intentando hablar con la Seguridad social y nada no ha habido manera humana... La verdad es que yo entiendo eso, que mecanizaran un cese Temporal que resuelva estas dos cuestiones principales. He hablado con una una mutua y estaba igual de pérdida que yo pero estaban trabajando a tope para mandarnos entre hoy y mañana una circular informativa sobre todos los pasos ha seguir. Como lo que de momento está claro es olos ERTES me iré poniendo con eso... Hablé con la comunidad de Madrid y no tienen un procedimiento diferente en su web que agilice. Sabéis algo? Si no pues los tramitaré norma por sede electrónica espero que eso no lo ralentice...
Iré informando de lo que me vaya enterando
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Re: Erte y cese

Notapor noeliam » 19/03/2020 12:55

Buenos días,

Gracias por vuestras aportaciones...
También contactado con una mutua, y me trasladan a los impresos que tienen (no específicos al Covid 19)...
Entiendo que la normativa es muy reciente y tendrán que actualizarse, pero me surgen varias dudas.

¿Cómo justifica una persona en módulos su pérdida de ingresos? Las empresas que a la vez están a RE.. contabilidad prácticamente mínima...

Y lo que he visto.. ¿se perderían tarifas planas y el tema de mantenerte en la actividad por haber capitalizado paro?

Yo habría hecho más factible un pago general.. sobre todo a ciertos sectores y no delegar a alguien que considere si eres un afectado o no...

Os sigo leyendo..
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Re: Erte y cese

Notapor carly » 19/03/2020 13:17

Hasta ahora sobre el cese he hablado con varias mutuas, y están todas esperando a aclarar varios conceptos, en una cosa coinciden todas, y es que no hay que hacer baja ni en hacienda ni en seguridad social, por tanto temas como las bonificaciones pues estan salvadas.

La duda esta en los casos en los que hay que justificar el 75% de los ingresos, como? y cuando es esa disminución? porque si es el mes anterior a la solicitud como dice el decreto, habrá que esperar un mes para solicitarlo.


Respecto de los ERTES, una duda que se me plantea, hay que dirigirse a la autoridad laboral de cada provincia, con la documentación pertinente, pero mi duda es, hay que hacer algo en SISTEMA RED?
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