Buenos días
somos una SL y según nos han comentado desde el año 2015 es obligatorio presentar las cuentas anuales al registro.He estado mirando en la web pero no me queda claro que cuentas anuales es obligatorio presentar en el registro ???
Gracias
Legal: PRESENTACION CUENTAS ANUALES AL REGISTRO
Moderador: Legal
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Re: PRESENTACION CUENTAS ANUALES AL REGISTRO
Hola;
El depósito de las cuentas anuales en el registro mercantil es obligatorio.
Aquí tiene toda la información que precisas:
- Infografía resumen de las obligaciones mercantiles de una empresa
- Guía del depósito de las cuentas anuales de una empresa
El depósito de las cuentas anuales en el registro mercantil es obligatorio.
Aquí tiene toda la información que precisas:
- Infografía resumen de las obligaciones mercantiles de una empresa
- Guía del depósito de las cuentas anuales de una empresa
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julio - Administrador
- Posts: 2231
- Registrado: 18/07/2005 00:00
- Ubicación: Alicante
Re: PRESENTACION CUENTAS ANUALES AL REGISTRO
Ok , gracias
- AFRICA
- Posts: 23
- Registrado: 24/12/2013 12:44
Re: PRESENTACION CUENTAS ANUALES AL REGISTRO
No sé si merece la pena añadir que el RM no va a hacer ninguna clase de comprobaciones o certificación de si estan o no estan bien confeccionadas y que - por supuesto - es responsabilidad de quién las presenta y firma y sólo en segundo lugar de quién las confecciona (auditor, gestoría) que den correcta fe de la situación contable de la mercantil.
- Nango
- Posts: 15
- Registrado: 21/10/2020 09:37
Re: PRESENTACION CUENTAS ANUALES AL REGISTRO
Buenas tardes, existe cierta confusión con el depósito de cuentas cuando el Registrador Mercantil las acepta para su depósito, esto no quiere decir que las cuentas estén correctas, sino que cumple los requisitos legales para ser aceptados (firma y forma), sin entrar en el contenido.
Así, el Registrador Mercantil califica bajo su responsabilidad si los documentos presentados son los exigidos por la ley, si están debidamente aprobados por la junta general y si constan las preceptivas firmas. Si no aprecia defectos, tendrá por efectuado el depósito, practicando el correspondiente asiento en el libro de depósito de cuentas y en la hoja correspondiente a la sociedad depositante. En caso contrario, procederá conforme a lo establecido respecto de los títulos defectuosos.
Mientras que el Auditor de Cuentas se encarga de verificar que dichas cuentas expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad auditada, de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación.
Así, el Registrador Mercantil califica bajo su responsabilidad si los documentos presentados son los exigidos por la ley, si están debidamente aprobados por la junta general y si constan las preceptivas firmas. Si no aprecia defectos, tendrá por efectuado el depósito, practicando el correspondiente asiento en el libro de depósito de cuentas y en la hoja correspondiente a la sociedad depositante. En caso contrario, procederá conforme a lo establecido respecto de los títulos defectuosos.
Mientras que el Auditor de Cuentas se encarga de verificar que dichas cuentas expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad auditada, de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación.
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newpyme - Posts: 3232
- Registrado: 16/02/2007 12:36
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