Contabilidad España: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Moderador: Contabilidad
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Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Los gastos de constitucion de una sociedad de acuerdo al NPGC deben llevarse a una cuenta de reservas voluntarias , ahora bien yo os pregunto a efectos practicos lo llevo a la 113 o lo llevo a una 623 por ejemplo y me dejo de problemas de andar con ajustes
La senda de la virtud es muy estrecha y el camino del vicio, ancho y espacioso.
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alecandas - Posts: 1071
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Por mi parte, te respondo de dos formas. Que ca uno escoja:
CRITERIO ORTODOXO (NPGC):
* Los gastos de cosnttitución de sociedades, como asimismo los de ampliación de capital, el NPGC determina que deben registrarse en el Patrimonio Neto, mediante una cuenta de reservas. En este caso seria la cuenta. 113. Y posteriormnte, aplicar el efecto impositivo, como los ajustes en la cuenta de resultados.
Aconsejable siempre este criterio, si uno sabe llevarlo a cabo sin problemas, y sobre to por eso de "el que dirán". Y naturalmente, si uno quiere ser fiel a la Imagen Fiel, hasta la "médula".
CRITERIO PERSONAL;
* Si no coincide ni una cosa ni la otra, es decir, se pasa olimpicamente de la Imagen Fiel, no existen intereses de terceros (auditoria, cartera externa de valores, etece, etece.), si semos un poco "haraganes" (como yo), y le importa un pito lo que los demás digan, yo opino que registrar los gastos de constirución a través de la cuenta de explotación, conforme a la naturaleza de ca gasto, NO PASA NA DE NA. Y punto, no hay que hacer mas ná. Especialmente, los que no dominan la contabilidad.
Y a partir de aquí, que ca uno de su capa haga un sayo.
Al final, de una u otra forma, los resultados van a ser los mismos. A los AETEros (fiscalmente) les importa un pito, y los del ICAC, ni están ni se les espera.
CRITERIO ORTODOXO (NPGC):
* Los gastos de cosnttitución de sociedades, como asimismo los de ampliación de capital, el NPGC determina que deben registrarse en el Patrimonio Neto, mediante una cuenta de reservas. En este caso seria la cuenta. 113. Y posteriormnte, aplicar el efecto impositivo, como los ajustes en la cuenta de resultados.
Aconsejable siempre este criterio, si uno sabe llevarlo a cabo sin problemas, y sobre to por eso de "el que dirán". Y naturalmente, si uno quiere ser fiel a la Imagen Fiel, hasta la "médula".
CRITERIO PERSONAL;
* Si no coincide ni una cosa ni la otra, es decir, se pasa olimpicamente de la Imagen Fiel, no existen intereses de terceros (auditoria, cartera externa de valores, etece, etece.), si semos un poco "haraganes" (como yo), y le importa un pito lo que los demás digan, yo opino que registrar los gastos de constirución a través de la cuenta de explotación, conforme a la naturaleza de ca gasto, NO PASA NA DE NA. Y punto, no hay que hacer mas ná. Especialmente, los que no dominan la contabilidad.
Y a partir de aquí, que ca uno de su capa haga un sayo.
Al final, de una u otra forma, los resultados van a ser los mismos. A los AETEros (fiscalmente) les importa un pito, y los del ICAC, ni están ni se les espera.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
DATAKON escribió:Por mi parte, te respondo de dos formas. Que ca uno escoja:
CRITERIO ORTODOXO (NPGC):
* Los gastos de cosnttitución de sociedades, como asimismo los de ampliación de capital, el NPGC determina que deben registrarse en el Patrimonio Neto, mediante una cuenta de reservas. En este caso seria la cuenta. 113. Y posteriormnte, aplicar el efecto impositivo, como los ajustes en la cuenta de resultados.
Aconsejable siempre este criterio, si uno sabe llevarlo a cabo sin problemas, y sobre to por eso de "el que dirán". Y naturalmente, si uno quiere ser fiel a la Imagen Fiel, hasta la "médula".
CRITERIO PERSONAL;
* Si no coincide ni una cosa ni la otra, es decir, se pasa olimpicamente de la Imagen Fiel, no existen intereses de terceros (auditoria, cartera externa de valores, etece, etece.), si semos un poco "haraganes" (como yo), y le importa un pito lo que los demás digan, yo opino que registrar los gastos de constirución a través de la cuenta de explotación, conforme a la naturaleza de ca gasto, NO PASA NA DE NA. Y punto, no hay que hacer mas ná. Especialmente, los que no dominan la contabilidad.
Y a partir de aquí, que ca uno de su capa haga un sayo.
Al final, de una u otra forma, los resultados van a ser los mismos.
Entendido que pase un poco del plan y de la diferencia permanente que este produce y me lo lleve directamente a la cuenta de explotación que para que complicarnos.
Por tratamiento no habría problema por que se de sobra como habría que tratarlos pero por comodidad y que posteriormente se me pueda pasar calcular las diferencias permanentes la mejor opción siendo una chichinabo es la segunda.
Contigo lo bueno es que se aprenden las cosas practicas
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alecandas - Posts: 1071
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
alecandas escribió:Contigo lo bueno es que se aprenden las cosas practicas
Eso preguntaselo a otros que yo me se, a ver que te contestan. Y adespués, me lo cuentas.
Solo una cosita, si mas o menos dominas ya la contabilidad, mi consejo personal es que lo hagas como señala el NPGC. ¿Que podria decir de ti cualquier otro que examinase la cosa?.
Mis consejos prácticos, son mas bien pa quienes no dominan la contabilidad, y solo les preocupa la cosa esa de Hacienda.
Lo bien hecho bien parece. SI SE PUEDE HACER. No te hagas vaguete como yto, porque a la larga te pue pasar factura la cosa.
Haz lo que te digo, pero no hagas lo que yo hago....
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- DATAKON
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
DATAKON escribió::lol:alecandas escribió:Contigo lo bueno es que se aprenden las cosas practicas
Eso preguntaselo a otros que yo me se, a ver que te contestan. Y adespués, me lo cuentas.
Solo una cosita, si mas o menos dominas ya la contabilidad, mi consejo personal es que lo hagas como señala el NPGC. ¿Que podria decir de ti cualquier otro que examinase la cosa?.
Mis consejos prácticos, son mas bien pa quienes no dominan la contabilidad, y solo les preocupa la cosa esa de Hacienda.
Lo bien hecho bien parece. SI SE PUEDE HACER. No te hagas vaguete como yto, porque a la larga te pue pasar factura la cosa.
Haz lo que te digo, pero no hagas lo que yo hago....
Es que la contabilidad es vocacional es decir la parte que peor llevo es la parte de la presentación de libros que me estreno este año y es la que menos machacas en la universidad y los universitarios a los que suelo dar clase tampoco la tocan y en la oposición las cuentas anuales se tocan nada.
PD contestame la pregunta de las variaciones de existencias a modo practico y teniendo cuenta que les importa una malo la contabilidad de lo unico que no quieren es pagar lo que debo hacer es calcularlas para que por culpa de ellas no tengan beneficio positivo verdad y no se pondran los de inspeccion a pararse en esto verdad
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alecandas - Posts: 1071
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
DATAKON escribió::lol:alecandas escribió:Contigo lo bueno es que se aprenden las cosas practicas
Solo una cosita, si mas o menos dominas ya la contabilidad, mi consejo personal es que lo hagas como señala el NPGC. ¿Que podria decir de ti cualquier otro que examinase la cosa?.
Que soy un vago
La senda de la virtud es muy estrecha y el camino del vicio, ancho y espacioso.
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alecandas - Posts: 1071
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Buenos días Alecandas. Mi consejo es que lo hagas bien. Si has sido capaz de hacer dos complementarias del modelo 390, esto no te costará nada, créeme. El efecto impositivo, para un opositor como tú, no es tan complicado. Una cosas es que hagas chapuzas porque no te quede más remedio y otra cosa es que lo hagas mal a propósito. Las cosas bien hechas bien parecen.
Saludos.
Saludos.
- diqsii
Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
diqsii escribió:Buenos días Alecandas. Mi consejo es que lo hagas bien. Si has sido capaz de hacer dos complementarias del modelo 390, esto no te costará nada, créeme. El efecto impositivo, para un opositor como tú, no es tan complicado. Una cosas es que hagas chapuzas porque no te quede más remedio y otra cosa es que lo hagas mal a propósito. Las cosas bien hechas bien parecen.
Saludos.
Si la diferencia permanente negativa es lo de menos es restar y punto , en cuanto al crédito por bases imponibles negativas lo afloro en el ejercicio siguiente y tampoco hay problemas aplicando el principio de prudencia, pero despues te pones a analizar contabilidades y como nadie pierde el tiempo en hacerlo correctamente.
diqsii ¿Tu lo llevas a reservas voluntarias o lo haces tipo Datakon de forma comoda?
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alecandas - Posts: 1071
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Buenas tardes Alecandas, yo no soy buen ejemplo para nada ni para nadie, pero como preguntas respondo...Yo lo hago según marca el PGC, llevándolo a reservas voluntarias y aplicando el efecto impositivo (4740)
Saludos.
Saludos.
- diqsii
Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
diqsii escribió:Buenas tardes Alecandas, yo no soy buen ejemplo para nada ni para nadie, pero como preguntas respondo...Yo lo hago según marca el PGC, llevándolo a reservas voluntarias y aplicando el efecto impositivo (4740)
Saludos.
Hola perdona que te corrija , de hacerlo asi no deberias de usar la cuenta 4740 si no la 475 es decir 4752 contra la 113 o bien realizar una diferencia permanente , estas reconociendo un activo cuando no procede
Pero dado que todavía estamos a tiempo para cambiar el diario sera lo que haré otra opción es en vez de recoger ese efecto en una cuenta realizar una diferencia permanente negativa que puede ser mas fácil de incluir en el modelo
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alecandas - Posts: 1071
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Al estilo DATAKON, no. Porque yo, cuando contabilizo en CONTABILIDADES propias, actuo conforme al NPGC. El estilo DATAKON, en estos casos, son pa determinadas situaciones. Lo he repetio muchisimas veces: Cuando el actuario no sabe una papa de contabilidad, y encima, no tiene a naide que le pida explicaciones. Solo Hacienda.
Los que sepan contabilidad, y actuen de otra forma, a sabiendas, allá ellos.
En estos casos, a la cuenta 113, yo le aplico el efecto impositivo, simultáneamente, según:
*GASTOS: 4745 á 113
*INGRESOS: 113 Á 4752.
Normalmente, el caso mas frecuente es cuando se trata de gastos.
Los que sepan contabilidad, y actuen de otra forma, a sabiendas, allá ellos.
En estos casos, a la cuenta 113, yo le aplico el efecto impositivo, simultáneamente, según:
*GASTOS: 4745 á 113
*INGRESOS: 113 Á 4752.
Normalmente, el caso mas frecuente es cuando se trata de gastos.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
DATAKON escribió:Al estilo DATAKON, no. Porque yo, cuando contabilizo en CONTABILIDADES propias, actuo conforme al NPGC. El estilo DATAKON, en estos casos, son pa determinadas situaciones. Lo he repetio muchisimas veces: Cuando el actuario no sabe una papa de contabilidad, y encima, no tiene a naide que le pida explicaciones. Solo Hacienda.
Los que sepan contabilidad, y actuen de otra forma, a sabiendas, allá ellos.
A la cuenta 113, yo le aplico el efecto impositivo, simultáneamenet, según:
*GASTOS: 4745 á 113
*INGRESOS: 113 Á 4752.
Normalmente, el caso mas frecuente es cuando se trata de gastos.
Hola perdona jejej bueno yo doy por sentado que si tienes una contabilidad grande aplicas el plan general contable de p a pa.
Otra cosa es como cuando son chichipymes que nadie le para a la contabilidad, si bueno tambien e puedes evitar ese asiento y hacer directamente 113 ( el 75% del gasto) ala 4752 el 25 % restante y te evitas un asiento
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alecandas - Posts: 1071
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Cuando la contabilidad es mia, REPITO, yo hago las cosas bien. Eso quiere decir conforme al NPGC. Grandes y pequeñas.
Y cuando doy "consejos" a gente que no son contables ("sobrevenios" como yo les llamo), les apunto la opción práctica, por si desean llevarla a cabo. Pero to, SIEMPRE, lo razono, lo fundamento y lo argumento. Y adespués, allá ca uno con los faroles.
No me tomes por un contable "Viva la Virgen", cuando actua en nombre propio y con empresas propias.
Eso no quiere decir, que en razón a la teoria del "minimo esfuerzo", conforme a las oportunidades que me da el NPGC, referente a la libertad de cuentas y relaciones contables, como asimismo a la "importancia relativa", actue en determinados casos, aplicando estas "faciliadades" contemplas en el NPGC. Como asimismo, eso de las "lagunas" del NPGC. Pero son en determinados casos y muy concretos. Justificados en razón a la eficiencia de la empresa. Mejor control y gestión de las mismas. Pero sin faltar nunca, a las normas de registro y valoración, tal como determina el NPGC.
Y cuando doy "consejos" a gente que no son contables ("sobrevenios" como yo les llamo), les apunto la opción práctica, por si desean llevarla a cabo. Pero to, SIEMPRE, lo razono, lo fundamento y lo argumento. Y adespués, allá ca uno con los faroles.
No me tomes por un contable "Viva la Virgen", cuando actua en nombre propio y con empresas propias.
Eso no quiere decir, que en razón a la teoria del "minimo esfuerzo", conforme a las oportunidades que me da el NPGC, referente a la libertad de cuentas y relaciones contables, como asimismo a la "importancia relativa", actue en determinados casos, aplicando estas "faciliadades" contemplas en el NPGC. Como asimismo, eso de las "lagunas" del NPGC. Pero son en determinados casos y muy concretos. Justificados en razón a la eficiencia de la empresa. Mejor control y gestión de las mismas. Pero sin faltar nunca, a las normas de registro y valoración, tal como determina el NPGC.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
- DATAKON
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- Registrado: 09/03/2008 11:46
Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Perdonad la intromisión,pero salvo craso error por mi parte, en mi opinión deberia ser:
Por la via de la norma del PGC.
Al momento de llevar un gasto o ingreso directamente al Patrimonio Neto (113) y decidiendo contabilizar su efecto impositivo :
Si se trata de GASTOS:
Debe: 4740-Activos por diferencias temporales deducibles
Haber: 113-Reservas voluntarias
Si se trata de INGRESOS :
Debe: 113-Reservas voluntarias
Haber: 479-Pasivos por diferencias temporales imponibles
Con posterioridad al cierre del ejercicio, habiendo la ocasión de aplicar los descuentos o incrementos por el importe de la partida llevada a la 113 en la Base Imponible en el cálculo del Impuesto s/. Sociedades:
GASTOS
Debe: 6301-Impuesto diferido
Haber: 4740-Activos por diferencias temporales deducibles
INGRESOS:
Debe: 479-Pasivos por diferencias temporales imponibles
Haber: 6301-Impuesto diferido
La 4752 no queda afectada por tal circuito. La 4752 solo reflejará el importe de la Cuota a pagar a Hacienda por la B.I. fiscal resultante después de las modificaciones sobre el resultado contable (disminución/ incremento) del importe de la partida llevada a la 113.
Debe: 6300-Impuesto corriente
Haber: 4752-H.P. acreedora por I. de SS.
Por la via de la norma del PGC.
Al momento de llevar un gasto o ingreso directamente al Patrimonio Neto (113) y decidiendo contabilizar su efecto impositivo :
Si se trata de GASTOS:
Debe: 4740-Activos por diferencias temporales deducibles
Haber: 113-Reservas voluntarias
Si se trata de INGRESOS :
Debe: 113-Reservas voluntarias
Haber: 479-Pasivos por diferencias temporales imponibles
Con posterioridad al cierre del ejercicio, habiendo la ocasión de aplicar los descuentos o incrementos por el importe de la partida llevada a la 113 en la Base Imponible en el cálculo del Impuesto s/. Sociedades:
GASTOS
Debe: 6301-Impuesto diferido
Haber: 4740-Activos por diferencias temporales deducibles
INGRESOS:
Debe: 479-Pasivos por diferencias temporales imponibles
Haber: 6301-Impuesto diferido
La 4752 no queda afectada por tal circuito. La 4752 solo reflejará el importe de la Cuota a pagar a Hacienda por la B.I. fiscal resultante después de las modificaciones sobre el resultado contable (disminución/ incremento) del importe de la partida llevada a la 113.
Debe: 6300-Impuesto corriente
Haber: 4752-H.P. acreedora por I. de SS.
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Petrus - Posts: 6192
- Registrado: 29/07/2003 00:00
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Re: Gastos de constitucion SL a reservas voluntarias
Gracias Petrus por ahorrarme un motón de palabras. Iba a poner un enlace de esta misma página porque soy de naturaleza perezosa
http://www.plangeneralcontable.com/?tit ... d=pgc_4740
Saludos.
http://www.plangeneralcontable.com/?tit ... d=pgc_4740
Saludos.
- diqsii
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