Contabilidad España: Guía contabilización Imp.Sociedades
Moderador: Contabilidad
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
A ingresar no (podria haber retenciones y pagos A/C), debe coincidir con la cuota integra (casilla 562), en el supuesto de no haberse realizado ajustes o correcciones a partir de la base imponible, tanto en la cuenta de explotación, como en la declaración.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
DATAKON escribió:A ingresar no (podria haber retenciones y pagos A/C), debe coincidir con la cuota integra (casilla 562), en el supuesto de no haberse realizado ajustes o correcciones a partir de la base imponible, tanto en la cuenta de explotación, como en la declaración.
Entiendo entonces que en el caso de tener en cuenta las retenciones y los pagos a la hora de realizar el asiento del Impuesto a 31 de diciembre (en el supuesto de que existiesen retenciones y pagos a/c), debería coincidir exactamente la cantidad de la cuenta 4752 con el resultado a ingresar del IS Mod. 200.
- carlosdss
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
La retenciones y pagos a cuenta dentro de la contabilidad, pueden estar recogidas como devoluciones (o menos ingreso), mediante el asiento:
DEBE:
630.- Impuesto sdes. (Cuota 25%).
473.- Retenciones
473*.-Pagos A/C)
HABER
4752.
En este caso, la cuenta 4752, dentro de la contabilidad, debe coincidir con la cuota a ingresar de la declaración.
DEBE:
630.- Impuesto sdes. (Cuota 25%).
473.- Retenciones
473*.-Pagos A/C)
HABER
4752.
En este caso, la cuenta 4752, dentro de la contabilidad, debe coincidir con la cuota a ingresar de la declaración.
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- DATAKON
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
DATAKON escribió:La retenciones y pagos a cuenta dentro de la contabilidad, pueden estar recogidas como devoluciones (o menos ingreso), mediante el asiento:
DEBE:
630.- Impuesto sdes. (Cuota 25%).
473.- Retenciones
473*.-Pagos A/C)
HABER
4752.
En este caso, la cuenta 4752, dentro de la contabilidad, debe coincidir con la cuota a ingresar de la declaración.
Ok, muchas gracias.
Revisando el modelo 200, me ha surguido otra duda con respecto a la casilla 301 (página 12). ¿Qué cantidad es la que hay que introducir en esta casilla?
Saludos
- carlosdss
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
La cuota por impuesto de sociedades, cuando el resultado es de beneficios, a fin hacer coincidir con el importe de la cuenta de Explotación, antes de impuestos. Observa el titulo de la casilla 501.
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- DATAKON
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
DATAKON escribió:La cuota por impuesto de sociedades, cuando el resultado es de beneficios, a fin hacer coincidir con el importe de la cuenta de Explotación, antes de impuestos. Observa el titulo de la casilla 501.
Es decir, el importe de la cuenta 4752, que podría coincidir con el resultado a ingresar en el caso de haber tenido en cuenta las retenciones y pagos a la hora de realizar el asiento del impuesto.
- carlosdss
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
carlosdss escribió:DATAKON escribió:La cuota por impuesto de sociedades, cuando el resultado es de beneficios, a fin hacer coincidir con el importe de la cuenta de Explotación, antes de impuestos. Observa el titulo de la casilla 501.
Es decir, el importe de la cuenta 4752, que podría coincidir con el resultado a ingresar en el caso de haber tenido en cuenta las retenciones y pagos a la hora de realizar el asiento del impuesto.
No. En la casilla 301, el importe del impuesto de sociedades (Cuenta 630). Las retenciones y pagos A/C, ya vendrán mas adelante. Y entonce si, la cuenta 4752, podrá coincidir con la cuota a ingresar del I.S. (Casilla 599). Y siempre y cuando no existan otros ajustes o correcciones por medio.
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- DATAKON
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
DATAKON escribió:carlosdss escribió:DATAKON escribió:La cuota por impuesto de sociedades, cuando el resultado es de beneficios, a fin hacer coincidir con el importe de la cuenta de Explotación, antes de impuestos. Observa el titulo de la casilla 501.
Es decir, el importe de la cuenta 4752, que podría coincidir con el resultado a ingresar en el caso de haber tenido en cuenta las retenciones y pagos a la hora de realizar el asiento del impuesto.
No. En la casilla 301, el importe del impuesto de sociedades (Cuenta 630). Las retenciones y pagos A/C, ya vendrán mas adelante. Y entonce si, la cuenta 4752, podrá coincidir con la cuota a ingresar del I.S. (Casilla 599). Y siempre y cuando no existan otros ajustes o correcciones por medio.
OK, entonces en la casilla 301 se tiene que consignar el importe de la Cuenta 630.
Muchas gracias
- carlosdss
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Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
Bueno , yo creo que ya os dí las gracias el sábado pasado cuando encontré el archivo
pero es que......... tengo que volver a darósla ! tanto a toshi como a abanfin, porque no os imaginais lo biennn que a mí personamente me ha venido.
Quitanto unas dudillas hiper-mínimas , el resto lo entendí perfectamente, los ejemplos me ayudaron muchísimo, ahora ya sé cuando se habla de impuesto corriente e impuesto diferido el porqué y como contabilizarlo.
y ya sé Como tener en cuenta las diferencias permanentes, temporales y las bases negativas a compensar de ejercicios anteriores.Ese archivo junto a un ejemplo sobre una diferencia temporal negativa (de amortización acelearada) que me explicó kali ,sinceramente me "han abierto el cielo"
de nuevo MUCHAS GRACIAS
pero es que......... tengo que volver a darósla ! tanto a toshi como a abanfin, porque no os imaginais lo biennn que a mí personamente me ha venido.
Quitanto unas dudillas hiper-mínimas , el resto lo entendí perfectamente, los ejemplos me ayudaron muchísimo, ahora ya sé cuando se habla de impuesto corriente e impuesto diferido el porqué y como contabilizarlo.
y ya sé Como tener en cuenta las diferencias permanentes, temporales y las bases negativas a compensar de ejercicios anteriores.Ese archivo junto a un ejemplo sobre una diferencia temporal negativa (de amortización acelearada) que me explicó kali ,sinceramente me "han abierto el cielo"
de nuevo MUCHAS GRACIAS
- principianta
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- Registrado: 05/03/2011 18:23
Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
julio escribió:Hola ya lo hemos elaborado y aquí teneís en PDF y maquetado la guía que ha elaborado Toshiro para la contabilización del impuesto de sociedades.
Contabilización impuesto sociedades en pdf
Si hubiera modificaciones o ajustes recomendamos que visiteís le mensaje original
Julio y si hay cambios ¿Cómo puede saber que ha visto cambios?
Un saludo.
- ABG
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- Registrado: 27/03/2012 23:26
Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
Hola,
Necesitaría saber si está actualizado según la última ley y reglamento.
Un saludo,
Necesitaría saber si está actualizado según la última ley y reglamento.
Un saludo,
- isel
- Posts: 1
- Registrado: 26/02/2016 15:30
Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
Me quedo alucinada de la magnifica explicación de Tornino!
ENHORABUENA!
Gracias por ayudarnos!
Esta actualizado a día de hoy?
ENHORABUENA!
Gracias por ayudarnos!
Esta actualizado a día de hoy?
- weyme
- Posts: 77
- Registrado: 11/02/2016 14:53
Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
Excelente manual, lo vi en PDF y genial. Muchas gracias
Está también para el IVA? me encantaría tenerlo así de bien explicado.
Un saludo
Está también para el IVA? me encantaría tenerlo así de bien explicado.
Un saludo
- opositatix
- Posts: 1
- Registrado: 17/05/2016 12:02
Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
Hola, buenos dias:
Sobre el tema de referencia, estoy confuso.
Intento anexionar la liquidación del IS (resultado fiscal) con el balance i cuenta de resultados (resultado contable)
Ponemos un ejemplo (año n):
Balance:
ACTIVO: Clientes: 10.000 Bancos: 100.000
PASIVO: Capital: 10.000 y Beneficio: 100.000
Ajustes fiscales:
Tenemos una dotación de un cliente de dudoso cobro por 1.000 y no han pasado 6 meses ni tampoco está en concurso. Este caso és diferencia temporaria diferida.
Por lo tanto, se incrementa el beneficio hasta 101.000
Tipo del 25% = 25.250 cuota
Al ser una diferencia temporaria, tiene anotaciones contables:
250 474 a 6300 250
Y este asiento se debe trasladar al balance y a la cuenta de resultados.
¿Es correcto decir que el nuevo balance es el siguiente?
Balance:
ACTIVO: Clientes: 10.000 Activos diferidos: 250 Bancos: 100.000
PASIVO: Capital: 10.000 y Beneficio: 100.250
Si eso es correcto, ¿com afecta al balance las diferencias permanentes que no tienen afectación contable?
En este mismo caso, si los 1.000 fuesen una multa, el beneficio fiscal seria de 101.000 pero el beneficio contable seria de 100.000 y en el balance saldria esta cantidad de 100.000?
Espero me haya expresado lo suficiente para que se me entienda mi preocupación.
Y muchas gracias por la atención prestada.
Saludos
Sobre el tema de referencia, estoy confuso.
Intento anexionar la liquidación del IS (resultado fiscal) con el balance i cuenta de resultados (resultado contable)
Ponemos un ejemplo (año n):
Balance:
ACTIVO: Clientes: 10.000 Bancos: 100.000
PASIVO: Capital: 10.000 y Beneficio: 100.000
Ajustes fiscales:
Tenemos una dotación de un cliente de dudoso cobro por 1.000 y no han pasado 6 meses ni tampoco está en concurso. Este caso és diferencia temporaria diferida.
Por lo tanto, se incrementa el beneficio hasta 101.000
Tipo del 25% = 25.250 cuota
Al ser una diferencia temporaria, tiene anotaciones contables:
250 474 a 6300 250
Y este asiento se debe trasladar al balance y a la cuenta de resultados.
¿Es correcto decir que el nuevo balance es el siguiente?
Balance:
ACTIVO: Clientes: 10.000 Activos diferidos: 250 Bancos: 100.000
PASIVO: Capital: 10.000 y Beneficio: 100.250
Si eso es correcto, ¿com afecta al balance las diferencias permanentes que no tienen afectación contable?
En este mismo caso, si los 1.000 fuesen una multa, el beneficio fiscal seria de 101.000 pero el beneficio contable seria de 100.000 y en el balance saldria esta cantidad de 100.000?
Espero me haya expresado lo suficiente para que se me entienda mi preocupación.
Y muchas gracias por la atención prestada.
Saludos
- jordimitjans
- Posts: 1
- Registrado: 20/04/2018 12:16
Re: Guía contabilización Imp.Sociedades
El planteamiento que haces es correcto, esa provisión se ha hecho pero aparentemente no correspondería a este ejercicio sino al siguiente y entonces a la hora del cálculo del Impuesto el Resultado hay que "engordarle" en esa cantidad y ya "pagas" ese impuesto (250) por anticipado. Al año siguiente al revertir la cta 474 con cargo a la 6301 minorarás el impuesto en la misma cantidad de 250.
Lo de la multa es un gasto que la AEAT no va a considerarlo nunca como tal y en consecuencia esa multa te va a costar 1.000 más el impuesto de esas 1.000 = 250
Manolo
Lo de la multa es un gasto que la AEAT no va a considerarlo nunca como tal y en consecuencia esa multa te va a costar 1.000 más el impuesto de esas 1.000 = 250
Manolo
- MGA
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- Registrado: 11/05/2007 13:56
- Ubicación: BURGOS
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