Hola, os planteo una duda a propósito de la nueva prestación extraordinaria por cese de actividad regulada en el artículo 13 del RDL 30/2020 de 29 de septiembre...
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-11416
El supuesto es un autónomo (no societario) que lleva de alta desde verano 2019 y cobró el cese de actividad durante el segundo trimestre de este año por suspensión forzosa de su actividad (una peluquería), pero no así durante el tercer trimestre porque no cumplía los requisitos. En el segundo trimestre dio de alta una nueva actividad en el mismo local, y la actual norma recoge que el percibo de la prestación será incompatible con el desempeño de otra actividad por cuenta propia (artículo 13.2 letra d) y me pregunto si el hecho de desempeñar dos actividades puede ser un impedimento. Tiene tarifa plana y eligió no cotizar por cese de actividad, así que en su caso accedería a la prestación extraordinaria por reducción de ingresos del 50%, me pregunto si tener una segunda actividad puede generar incompatibilidad o bien si tendría que cumplir los requisitos de reducción de ingresos respecto a ambas actividades.
¿Qué pensáis?
Laboral y Seguridad Social: Duda incompatibilidades nuevo cese de actividad
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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