Buenas tardes
Quiero preguntar una cosa.
Una persona se va a dar de alta para prestar servicios agrarios en fincas que no son de su propiedad, es decir, prestacion de servicios. Este autonomo y sus trabajadores no pueden beneficiarse del regimen agrario verdad? irian todos al regimen general, ya que, las fincas no son del empresario, es una prestación de servicios.
Espero respuesta,
muchas gracias.
un saludo.
Laboral y Seguridad Social: regimen agrario
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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