Laboral y Seguridad Social: Bajas laborales,absentismo,y derechos adquiridos
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Os agradeceria me ayudárais con el siguiente tema.Llevo un empresa en que por indicaciones de la dirección en caso de baja laboral se pagaba el 100% del salario y sin los 3 dias de carencia,con l ocual era negocio redondo para los trabajadores.Debido a que en el año 2.002 el absentismo laboral ha sido de un 22% ¡¡¡ dirección ha aplicado de forma unilateral e inmediata la reconsideración de estos puntos.Evidentemente,el comité de empresa ha protestado.Mi pregunta concreta es: hasta que punto pueden considerarse derechos adquiridos consolidados por parte de los trabajdores esta forma de actuar? Gracias anticipadas.
- DVL
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