Buenos días,
Un empleado ha estado fuera por trabajo unos días y los gastos de su manutención los ha pagado la empresa, ya que llevaba tarjeta de empresa. En este caso, corresponde el pago de dietas que marca el convenio?
La duda es si no corresponde o si habría que pagarle la diferencia entre lo que marca el convenio y lo que ha gastado, incluyéndolo en la BC y en IRPF.
Gracias
Laboral y Seguridad Social: Corresponde pago dietas a empleado si paga empresa
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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Re: Corresponde pago dietas a empleado si paga empresa
Buena pregunta. Eso mismo ya me lo habia pensado en ocasiones. ¿Cual es el "protocolo" y condiciones, para poder acogerse a la opción de dietas del RIRPF?, de acogerse a la normativa de dietas (asignaciones, sea cual fuere la fórmula de pago)?. Naturalmente, como en éste caso.
Si el pago lo hace el mismo trabajador de su propio bolsillo todos los gastos (o bien solicita de la empresa una provision para para gastos), no existen dudas, puede acogerse a las asignaciones establecidas, sea cual fuere la cantidad real. ¿Pero si paga la empresa, directamente, que pasa?. ¿Se considera la tarjeta una "provisión" para gastos, pero...con las limitaciones y actuaciones legales? ¿O no?:..
Mucho me temo que si se plantea una consulta a la DGT, es muy posible que diga que el trabajador al pagar con la tarjeta empresa, cualquier gasto por desplazamiento, está decidiendo y aceptando cualquier cantidad por su cuenta y riesgo. Si la cantidad es inferior es con cargo a su bolsillo cualquier diferencia. El lo ha elegido así. Es decir, lo acepta previamente. Y si es mayor, tendría que reembolsar a la empresa la diferencia o bien darle el tratamiento de "salario en especie".
Ya digo, es un pensamiento mio.
Me gustaría ver otras opiniones (si está fundamentada mejor), o bien, si ya alguien conoce la solución por propia experiencia. O ajena...
Si el pago lo hace el mismo trabajador de su propio bolsillo todos los gastos (o bien solicita de la empresa una provision para para gastos), no existen dudas, puede acogerse a las asignaciones establecidas, sea cual fuere la cantidad real. ¿Pero si paga la empresa, directamente, que pasa?. ¿Se considera la tarjeta una "provisión" para gastos, pero...con las limitaciones y actuaciones legales? ¿O no?:..
Mucho me temo que si se plantea una consulta a la DGT, es muy posible que diga que el trabajador al pagar con la tarjeta empresa, cualquier gasto por desplazamiento, está decidiendo y aceptando cualquier cantidad por su cuenta y riesgo. Si la cantidad es inferior es con cargo a su bolsillo cualquier diferencia. El lo ha elegido así. Es decir, lo acepta previamente. Y si es mayor, tendría que reembolsar a la empresa la diferencia o bien darle el tratamiento de "salario en especie".
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* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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