Emprendedores: Estoy muy perdido. ¿Qué hacer en mi caso?

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Estoy muy perdido. ¿Qué hacer en mi caso?

Notapor perdidillo » 14/09/2022 20:25

Hola. No sabía si poner esto en Emprendedores o en Fiscalidad o dónde. La verdad es que estoy completamente perdido y no sé ni a quién acudir. No puedo evitar que mi consulta sea un conjunto de temas diversos, así que intentaré resumirlo tanto como pueda.

Soy una persona de más de 30 años que ha cotizado poquísimo en la vida. Estamos hablando de menos de 2 años cotizados, probablemente. Básicamente me pasé años yendo de estudio en estudio, de FP en FP, sin tener nada nunca claro ni una profesión.

Hace unos 6 años empecé a hacer trabajos freelance por Internet. Transcripción, traducción, cosas así. Empecé con Upwork. Eran pagos bastante precarios y casi nunca llegaba al SMI (y menos si mirabas el total al cabo del año) así que, siendo sinceros, no me hice autónomo nunca ni hice las cosas bien. Ni declaré nada a Hacienda ni nada. A mí me iban llegando transferencias bancarias internacionales cada mes y punto. Y así he continuado hasta ahora. Soy consciente del riesgo que he corrido, pero si hubiera tenido que pagar una cuota mensual de 300€ más 20% de IRPF, etc., prácticamente me habría quedado sin nada. Sorprendentemente (¿o no?), nunca Hacienda ni nadie me ha dicho nada.

Aquí llega ya la parte de mi consulta propiamente dicha. Desde hace más de un año y medio ya no trabajo con Upwork, sino directamente con una empresa de EEUU, y ahora he empezado a cobrar bastante más. Aquí es cuando crece mi preocupación y creo que ya no puedo ponerme más excusas para retrasar más lo inevitable: tengo que hacerme autónomo ya y hacer las cosas bien. Cosa que no quita que, pensándolo fríamente, hacer esto en este país es de pardillos, porque ya con la edad que tengo y lo poco que tengo cotizado, ¿quién me asegura a mí que dentro de 40 años, cuando por fin pueda cobrar una pensión ridícula, seguiré con vida?

Pero, en fin, mi primera pregunta es: si me hago ahora autónomo, ¿Hacienda "cruzará los datos" y verá TODOS los pagos que esta empresa americana me ha estado haciendo periódicamente durante el último año y medio y, en este caso, verá que no pagué autónomos ni declaré nada y me reclamará todo lo atrasado y me pondrá una multa de miles de euros que me destrozará la vida? ¿Hacienda hace eso? ¿Comprueba que realmente existe la empresa que aparece en la factura y confirma con esa empresa (o con el gobierno americano, no sé) que todas esas cantidades de dinero son verídicas? Y ¿en este caso verían que me han estado pagando anteriormente sin que yo declarara nada? Porque, claro, esta empresa americana tiene mi nombre, dirección y NIF. Es lo que me está preocupando muchísimo y lo que me frena a lanzarme ahora mismo, porque sé que Hacienda no se anda con rositas cuando tiene que multar.

Mi otra pregunta es básicamente confirmar que, como se trata de una empresa extracomunitaria, en mis facturas no tendría que poner ni IVA ni IRPF, y que el IRPF lo tendría que pagar yo en cada declaración trimestral y luego, al hacer la declaración de la renta, Hacienda me devolvería lo que hubiera pagado de más de IPRF, si es el caso. ¿Es esto correcto?

Ah, y otra cosa: solo trabajo para esta empresa y nadie más. Hacienda no se pensará que soy un falso autónomo, ¿no?

En fin, que tengo mil dudas, preguntas, miedos... y no sé qué hacer. Agradeceré muchísimo cualquier ayuda. Y soy consciente de que he hecho las cosas mal, sí, pero quiero ponerle remedio. Muchas gracias.
perdidillo
 
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Re: Estoy muy perdido. ¿Qué hacer en mi caso?

Notapor newpyme » 15/09/2022 09:44

Buenos días, debido a que para poder asesorar correctamente sería necesario aportar datos de carácter personal -cosa no recomendable en un foro público-, ten presente la posibilidad de acudir a una asesoría cerca de tu ciudad para que puedan darte una respuesta más personalizada y ajustada a tu situación, además, los asesores fiscales te representan ante la Administración tributaria en el peor de los casos.

En primer lugar, debes saber que Hacienda cruza datos, pero al tratarse de una empresa extranjera, dependerá del convenio de intercambio de información que tengan firmado. Hacienda, además, también puede requerir a la entidad bancaria para que facilite datos del pagador, siempre y cuando le haya saltado el "automático" por encontrar alguna irregularidad en su sistema informático.

En segundo lugar, existen ciertos umbrales que manejan las Administraciones públicas para determinar si una persona está obligada o no a darse de alta como autónomo. Este dato lo vas a tener que mirar con tu asesor, porque existe la posibilidad de que hayas pasado del umbral, pero que se podría subsanar regularizando voluntariamente la situación y legalizarte como autónomo en España o quizá no sea necesario, te das de alta y realizas tu actividad, mientras pagues tus impuestos a partir de ese momento es suficiente.

La tarifa plana de autónomo está actualmente en 60 euros mensuales durante el primer año, si te das de alta como autónomo a partir del 1 de enero de 2023, será de 80 euros mensuales.

El derecho de la Hacienda pública para liquidarte una deuda tributaria prescribe a los 4 años desde el día siguiente en el que finaliza el plazo de presentación, esto es, en caso de que Hacienda descubriese tu situación y quisiese regularte, solo podrá hacerlo respecto de los últimos 4 años.

Respecto a la sanción que pudiera proceder, tienes que saber que si tú decides voluntariamente regularizar sin que Hacienda te requiera y te sale a pagar, se excluye la sanción, pero deberás satisfacer recargos e intereses (por ejemplo, regularizas las declaraciones de la renta no prescritas). Estos cálculos son cuantificables y puedes realizarlos antes de decidir si darte de alta como autónomo o no. Si fuese a devolver o cero, la sanción es de 60 euros.

Si es Hacienda la que inicia el procedimiento sancionador porque no has regularizado los años anteriores (te hayas establecido o no como autónomo), la sanción será proporcional a la base de la sanción, no a los ingresos íntegros percibidos. Es decir, no te van a poner una multa millonaria porque de base no estás defraudando millones de euros.

En cuanto al IVA, entiendo que tus servicios lo utiliza la empresa estadounidense en sus tierras (es decir, no los utiliza para vender en España), por tanto, la operación no llevaría IVA español. Como la empresa extranjera no te retiene de cara al IRPF, deberás ingresar las retenciones tú y en la declaración de la renta te las devolverán o no, dependiendo del resultado de la misma (si te saliese a pagar, pagarías menos, porque ya has anticipado las retenciones).

Respecto a hacerte autónomo o no en España, ¿has barajado la posibilidad de mudarte a Estados Unidos y emprender en dicho país? Si piensas que España no te ofrece condiciones favorables de vida, siempre puedes marcharte. Vivir en España tiene un coste, ventajas y desventajas, si no estás dispuesto, siempre puedes irte a otro país donde teletrabajar y pagar menos impuestos, por ejemplo, Andorra.

Por último, para vivir con ese miedo constante, es mejor que vayas tomando una decisión para finales de 2022 y puedas empezar el próximo año con la mente tranquila, centrándote en tu vida, tu trabajo y tus proyectos de futuro.

Puedes barajar los siguientes escenarios y son todos cuantificables:
a) No hacer nada y seguir trabajando así.
b) Darte de alta como autónomo y hacer como si acabases de emprender.
c) Darte de alta como autónomo y regularizar los años no prescritos, en especial desde que empezaste a trabajar con la empresa estadounidense o a tener unos ingresos "decentes".

Una vez hayas cuantificado las opciones, podrás decidir y seguir adelante, sabiendo el coste de tu elección.

Espero que mi respuesta te haya ayudado al menos a tener una visión general del "problema" para poder plantear las posibles "soluciones".
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Re: Estoy muy perdido. ¿Qué hacer en mi caso?

Notapor perdidillo » 17/09/2022 12:39

Muchas gracias por la detallada respuesta. Acudiré a una asesoría, entonces.

Pero ¿qué quiere decir que los asesores fiscales me representan ante la Administración tributaria en el peor de los casos? ¿Que "la culpa no es mía"?

Y si alguien se da de alta como autónomo el 31 de diciembre de 2022, mientras que otro se da de alta el 1 de enero de 2023, ¿el primero solo pagará 60 euros mensuales durante todo el año 2023 mientras que el segundo se tendrá que fastidiar y pagar 80 euros mensuales? Si lo he entendido bien y esto es así, pues qué curioso. Tengo que dar el paso antes de 2023, entonces.

Ojalá pudiera irme a otro país pero ya no soy un veinteañero, ya tengo familia hecha aquí y no es posible.

Gracias de nuevo.
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Re: Estoy muy perdido. ¿Qué hacer en mi caso?

Notapor Kuki » 17/09/2022 17:02

No se puede tener todo en la vida!!
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Re: Estoy muy perdido. ¿Qué hacer en mi caso?

Notapor perdidillo » 17/09/2022 21:45

Kuki escribió:No se puede tener todo en la vida!!


Bueno, quizá en la vida española. Que yo sepa, en otros países europeos (no hace falta mirar al otro lado del charco) no existe esto de una cuota mensual de 300€. Es absurdo desde cualquier punto de vista y es inevitable pensar que, por algún motivo, está hecho a propósito para desincentivar el emprendimiento en España.
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Re: Estoy muy perdido. ¿Qué hacer en mi caso?

Notapor newpyme » 19/09/2022 08:54

Buenos días, con la expresión de que te representen quiere decir que pueden hacer los trámites (alegar, presentar documentación, etc.) en tu nombre, obviamente la "culpa" es tuya, por no haberte dado de alta si procede, los asesores simplemente te representan ante la Administración, pero ellos no te "sustituyen" ante ella, el culpable serías tú, no les van a sancionar a ellos, sino a ti. Además, los asesores entienden cómo funciona la Administración y el lenguaje administrativo-jurídico.

Sí, es correcto, si te das de alta en diciembre de 2022, la tarifa es de 60 euros, pero si te das de alta en enero de 2023 la tarifa sube a 80 euros. No es tan extraño, se suelen poner fechas cuando las leyes entran en vigor, simplemente han decidido aplicar o actualizar la tarifa a partir de 2023, pero podrían aplicarla a partir de la publicación del texto legal. Algo similar ocurrió con el famoso "cheque bebé", que los bebés que nacieran al año siguiente ya no disfrutaban de esa ayuda, simplemente se debe acotar un plazo o dar la ayuda de forma perpetua, pero eso es insostenible.

Si tienes familia, en el IRPF podrás aplicar el mínimo por descendiente por cada hijo menor de 25 años que esté conviviendo contigo, también, dependiendo de tu Comunidad Autónoma, si pagas alquiler, podrás solicitar una ayuda para menores de 35 años o si decides comprar una casa, disfrutarás de la deducción por vivienda habitual.

Respecto a la familia, siempre te puedes mudar con todos ellos, simplemente haz cuentas de lo que te cuesta emprender en España y lo que te costaría en otro país, suma el seguro de salud de toda la familia y la educación, además aprenderían otro idioma.
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