Fiscalidad: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

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ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor PETER1959 » 12/05/2021 08:19

PREGUNTA
Se puede aplicar la deducción por anualidades por alimentos y la deducción por descendientes con custodia compartida al 50% del hijo

gracias
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor HORTODOSO » 12/05/2021 10:05

No.
Hagase opinador. No se necesita conocimientos del tema, solo tiempo libre. Use términos como NPGC, imagen fiel, importancia relativa, ortodoxo fundamentalista, buscador, hacienda, abuelita, alforjas, aluego, sandez, Watson.Horas de diversión garantizadas
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor Asesor23 » 12/05/2021 10:34

PETER1959 escribió:PREGUNTA
Se puede aplicar la deducción por anualidades por alimentos y la deducción por descendientes con custodia compartida al 50% del hijo

gracias

No son compatibles. Uno se deduce el mínimo personal y familiar y el otro se deduce el gasto por la anualidad por alimentos.
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor carly » 12/05/2021 12:26

Si tiene custodia compartida, que siendo así no suele ser frecuente pagar también alimentos, entiendo que tendrá que aplicar el 50% de su minimo por descendientes.
Si la custodia no fuese compartida, el que paga alimentos puede elegir entre aplicar los alimentos, o el minimo por descendientes al 50%, elegir lo que sea mas rentable, pero nunca ambas cosas
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor max9 » 12/05/2021 20:50

carly escribió:Si tiene custodia compartida, que siendo así no suele ser frecuente pagar también alimentos, entiendo que tendrá que aplicar el 50% de su minimo por descendientes.
Si la custodia no fuese compartida, el que paga alimentos puede elegir entre aplicar los alimentos, o el minimo por descendientes al 50%, elegir lo que sea mas rentable, pero nunca ambas cosas

Un matiz, corrígeme si me equivoco, si es custodia monoparental el mínimo por descendientes podrá aplicarlo únicamente el progenitor con quién conviva el menor. El otro progenitor, no conviviente, podrá aplicar alimentos si los satisface, pero el mínimo por descendientes no.
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor carly » 13/05/2021 09:41

Entiendo yo, a la espera de que alguien mas confirme para bien o mal, que en caso de convenio judicial con custodia para un progenitor, el otro progenitor que pasa alimentos (el que no tiene la custodia), puede elegir entre meter los alimentos, o meter el 50% del minimo del descendiente, esto es así porque se considera que hay dependencia económica. (esto creo que es así desde el 2015), yo es algo que veo problematico, ya que según decida el que pasa alimentos, el otro progenitor puede meter el 50% o el 100% de los alimentos, y claro la comunicación entre ambos progenitores muchas veces es inexistente.

Que alguien mas de su opinión para irnos aclarando del todo si es posible
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor newpyme » 13/05/2021 12:08

Buenas tardes, creo recordar que son incompatibles, o se aplica el 50 % del mínimo por descendiente o se aplica en su totalidad las anualidades por alimentos. Ya que, tanto una opción como la otra, tienen el mismo efecto por la progresividad del impuesto.

Si los progenitores se llevan mal no importa en su renta, Hacienda le reducirá a uno de los contribuyentes del 100 % al 50 % del mínimo por descendientes y el otro progenitor aplicará su 50 % al tener la custodia compartida.

141046-ANUALIDADES Y MÍNIMO POR DESCENDIENTES, CUSTODIA COMPARTIDA

Pregunta
En el caso de tener la guarda y custodia compartida, existiendo anualidades por alimentos satisfechas por decisión judicial, ¿Es posible optar por la aplicación del régimen de anualidades por alimentos?

Respuesta
El progenitor o progenitores que tengan la guarda y custodia de los hijos, aunque sea compartida, podrán aplicarse el mínimo por descendientes, por ser las personas con la que los descendientes conviven, y no podrán aplicar las especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos recogidas en los artículos 64 y 75 de la Ley del Impuesto. En caso de que se extinga la guarda y custodia sobre un hijo por alcanzar éste la mayoría de edad, se aplicará lo anteriormente reflejado mientras que el contribuyente progenitor de que se trate mantenga la convivencia con el hijo.

Normativa/Doctrina
Artículo 58 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2039 - 2006 , de 13 de octubre de 2006
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1808 - 2018 , de 21 de junio de 2018

137874-COMPATIBILIDAD ANUALIDADES POR ALIMENTOS, MÍNIMO POR DESCENDIENTE

Pregunta
Son compatibles el mínimo por descendientes y las anualidades por alimentos a favor de los hijos en caso de que el progenitor conviva con estos?

Respuesta
El progenitor o progenitores que tengan la guarda y custodia de los hijos, aunque sea compartida, podrán aplicarse el mínimo por descendientes, por ser las personas con la que los descendientes conviven, y no podrán aplicar las especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos recogidas en los artículos 64 y 75 de la Ley del Impuesto. En caso de que se extinga la guarda y custodia sobre un hijo por alcanzar éste la mayoría de edad, se aplicará lo anteriormente reflejado mientras que el contribuyente progenitor de que se trate mantenga la convivencia con el hijo.

Normativa/Doctrina
Artículo 64 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Artículo 75 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2039 - 2006 , de 13 de octubre de 2006
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1808 - 2018 , de 21 de junio de 2018

141046-ANUALIDADES Y MÍNIMO POR DESCENDIENTES, CUSTODIA COMPARTIDA

Pregunta
En el caso de tener la guarda y custodia compartida, existiendo anualidades por alimentos satisfechas por decisión judicial, ¿Es posible optar por la aplicación del régimen de anualidades por alimentos?

Respuesta
El progenitor o progenitores que tengan la guarda y custodia de los hijos, aunque sea compartida, podrán aplicarse el mínimo por descendientes, por ser las personas con la que los descendientes conviven, y no podrán aplicar las especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos recogidas en los artículos 64 y 75 de la Ley del Impuesto. En caso de que se extinga la guarda y custodia sobre un hijo por alcanzar éste la mayoría de edad, se aplicará lo anteriormente reflejado mientras que el contribuyente progenitor de que se trate mantenga la convivencia con el hijo.

Normativa/Doctrina
Artículo 58 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2039 - 2006 , de 13 de octubre de 2006
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1808 - 2018 , de 21 de junio de 2018
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor ANTONIA68 » 28/05/2021 02:51

...
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor carly » 28/05/2021 10:36

Aun sigo sin tener esto claro
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Re: ANUALIDADES POR ALIMENTO Y DEDUCCION POR DESCENDIE

Notapor tuane » 30/12/2022 10:48

Salvo si vives en Andalucia.

Un padre recurrió, y el TSJA le dio la razón en parte.

Custodia compartida y paga pensión de alimentos (y la madre)
El tribunal sostiene que puede deducirse la parte proporcional de la pensión correspondiente al tiempo del año en el que el menor no está bajo su tutela.

Yo voy a recurrir pues estoy en dicha situación.

Custodia compartida al 50%. Me aplico el mínimo por descendiente a medias con la madre. Pago pensión por sentencia.
Voy a intentar seducirme el 50% de la pensión de alimentos, correspondiente al tiempo en que los niños NO ESTAN conmigo.

sentencia del TSJ de Andalucía (Sala de Málaga) de fecha 8-10-2020 (recurso 715/2019)

https://aticojuridico.com/custodia-compartida-minimo-descendientes-alimentos/
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