Fiscalidad: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

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Moderador: Fiscalidad

Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor setebelo » 29/01/2021 21:17

Hola, buenas noches :D
Necesito ayuda!
Tengo una duda acerca de cuando se produce un gasto de una importación de mercancía.
(Autonomo en estimacion directa simplificada)
Pongo ejemplo para ser mas claro:
A 1 de octubre 2020 compré 1.000 euros de mercancias de China. Estas mercancias me fueron entregadas en España el 20 de diciembre 2020. Cierro el ejercicio de 2020 con una variacion de existencias de 1.000 euros.
1. La factura del proveedor chino la puedo poner como gasto (los 1.000 euros que pagué en octubre) en el 4t 2020 o tengo que esperar que se produzcan ventas para poder deducir el importe proporcional por la compra en funcion a la variacion de existencias?
Por también tener que declarar el iva abonado de aduanas en el 303, y por ser una importacion me surgen dudas. Y también por el cambio de ejercicio, es decir como podré deducir un gasto de una factura de compra del 2020 cuando la venta se produce en otro ejercicio (2021)?

2. En el caso que sí, que se deduzca la factura de compra en funcion de la variacion de existencias, esta variacion tiene que estar reflejada en cada trimestre del 130, o puedo incluirla en el 4t y luego en la renta?
Gracias!!! :D
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor max9 » 02/02/2021 12:57

Hola, yo tengo exactamente la misma duda que el compañero. Si los gastos en compras de mercancías sólo se pueden deducir en la medida que se vayan consumiendo, ¿qué pasa si termino el ejercicio con existencias en el almacén que no he conseguido vender? ¿Voy a poder deducir el gasto de compra el ejercicio siguiente, cuando venda la mercancía?
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor newpyme » 02/02/2021 15:17

Buenas tardes, la base imponible en la estimación directa simplificada se calcula utilizando las reglas del Impuesto sobre Sociedades aplicando las siguientes especialidades:

a) Las amortizaciones del inmovilizado material se practican de forma lineal, en función de la tabla de amortización simplificada, especial para esta modalidad.
b) Las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación se cuantifican exclusivamente aplicando un 5% del rendimiento neto positivo, excluido este concepto. No obstante, no se aplicarán cuando el contribuyente opte por aplicar la reducción por el ejercicio de actividades económicas.
c) El rendimiento será reducido en caso de irregularidad y si se cumplen los requisitos previstos será minorado por la reducción prevista en el ejercicio de determinadas actividades económicas.

En el Impuesto sobre Sociedades remite a la contabilidad según Código de Comercio, por lo que tendréis que imputar la variación de existencias como "existencias finales - existencias iniciales".

Pongamos un ejemplo:
El Sr. XXX es un empresario individual cuya actividad es la del comercio al por mayor. En la empresa trabaja él como titular del negocio. Calcule el rendimiento neto de actividades económicas por el método de estimación directa simplificada sabiendo que los datos del ejercicio han sido los siguientes:

Ventas: 240.000
Existencias finales: 48.000
Compras: 96.000
Existencias iniciales: 24.000
Seguridad Social Autónomos: 2.400
Alquiler del local: 12.000
Gastos financieros: 4.000
Tributos locales: 1.400
Energía y agua: 4.800
Internet: 800
Amortizaciones correctamente calculadas: 4.800

Solución:
· Ingresos: 240.000 (se corresponde con las ventas)
· Gastos: -126.000 (96.000 + 2.400 + 12.000 + 4.000 + 1.400 + 4.800 + 600 + 4.800)
· Variación de existencias: Finales - Iniciales = 48.000 - 24.000 = 24.000
· Rendimiento: 138.000
· 5% gastos difícil justificación (5 % x 138.000 = 6.900): - 2.000 (límite 2.000)
Rendimiento neto: 136.000

Nota: La Seguridad Social de autónomos es deducible en Estimación Directa Simplificada, pero no lo es en estimación directa normal.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor HORTODOSO » 02/02/2021 16:59

newpyme escribió:
Nota: La Seguridad Social de autónomos es deducible en Estimación Directa Simplificada, pero no lo es en estimación directa normal.


La pucha, newpyme, ¿de donde has sacado esto?
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor max9 » 02/02/2021 18:27

Gracias, Newpyme, con el ejemplo se ve mucho más claro. No obstante, sigo teniendo la duda de si termino el ejercicio con existencias en el almacén que no he conseguido vender, ¿podré declarar como gasto deducible las compras consumidas el ejercicio siguiente? No sé si quizá no se entiende mi pregunta, sé que con las amortizaciones puedo deducir durante varios años, pero no tengo claro si las compras de mercancías para vender se pueden ir deduciendo durante varios años (no sólo durante el ejercicio que se compraron), a medida que se vayan vendiendo.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor max9 » 10/02/2021 14:15

Tras darle vueltas y practicar con los métodos de valoración CMP y FIFO me he dado cuenta de lo absurdo de mi pregunta. El gasto de las compras realmente se contabiliza entero en el momento de devengo, solo que al final del ejercicio se ajusta con la variación de existencias, y esas existencias finales van a ser las iniciales del ejercicio siguiente. Por favor, corregidme si me equivoco.

Ahora os pregunto lo siguiente. En el 4T del 130 no he ajustado la casilla 3 de gastos deducibles con la variación de existencias, ¿puedo hacerlo directamente en la Declaración de la Renta o debería haberlo ajustado en el pago fraccionado del último trimestre?

Gracias otra vez.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor HORTODOSO » 11/02/2021 10:12

HORTODOSO escribió:
newpyme escribió:
Nota: La Seguridad Social de autónomos es deducible en Estimación Directa Simplificada, pero no lo es en estimación directa normal.


La pucha, newpyme, ¿de donde has sacado esto?




max9 escribió:Tras darle vueltas y practicar con los métodos de valoración CMP y FIFO me he dado cuenta de lo absurdo de mi pregunta. El gasto de las compras realmente se contabiliza entero en el momento de devengo, solo que al final del ejercicio se ajusta con la variación de existencias, y esas existencias finales van a ser las iniciales del ejercicio siguiente. Por favor, corregidme si me equivoco.

Ahora os pregunto lo siguiente. En el 4T del 130 no he ajustado la casilla 3 de gastos deducibles con la variación de existencias, ¿puedo hacerlo directamente en la Declaración de la Renta o debería haberlo ajustado en el pago fraccionado del último trimestre?

Gracias otra vez.


Hola max9 por lo que te he entendido en el post del you tuber, llevas autonomos, y me imagino que alguno en ED normal. Lo primero me gustaria preguntarte sobre la opinion de newpyme que he puesto arriba. Tu no deduces como gasto en ED normal la seguridad social del autonomo?

En cuanto a tus preguntas. A la primera así es. A la segunda. Estiendo que si no has realizado variación de existencias, has llevado todas las compras a gasto. Obviamente, el pago fraccionado habrá sido menor que si lo hubieras realizado. aunque tengas pocas existencias finales. Si bien es cierto que el pago fraccionado no deja de ser un "pago a cuenta" y como muy bien intuyes, a veces se regulariza en renta, yo siempre aconsejo que depende de los importes. Si el error es grande, mejor presentar complementaria a efectos de evitar una sanción. Ahora bien, si me preguntas en mi experiencia si he tenido una revision de pagos fraccionados en renta o de sociedades... nunca.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor max9 » 11/02/2021 11:44

Gracias, Hortodoso. No tengo ningún cliente en estimación directa normal, sino todos en directa simplificada, aunque tenía entendido que en ambos casos es deducible la cotización del autónomo a la Seguridad Social. Por suerte el importe de las compras es bajo y el de las existencias finales también, además el ejercicio ha sido malo y el rendimiento neto está igualmente por debajo del mínimo de 5500€ anual, así que la regularización no implicará un importe a pagar en la declaración de la renta (aunque quizá en algún trimestre del 130 sí). Creo que regularizaré directamente en la declaración de la renta y me afanaré a partir de ahora en calcular la variación de existencias cada trimestre.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor HORTODOSO » 11/02/2021 12:50

max9 escribió: aunque tenía entendido que en ambos casos es deducible la cotización del autónomo a la Seguridad Social..


Pues yo creo que entiendes bien.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor max9 » 16/02/2021 13:32

Ahora me surge la duda respecto a si puedo deducir todo el gasto de transporte de las mercancías que compro para vender al por menor, o bien si debo deducirlo a medida que se van consumiendo las compras. Me explico:

El día 2 de enero 2021 compro mercancías para vender al por menor y recibo factura por valor de 300 euros con IVA del 10% (alimentos) y Recargo de Equivalencia (1,4%) incluidos. Pongamos que esa factura incluye 10 productos diferentes, de algunos 1 unidad, de otros 5 unidades, 10, etc., y finalmente un importe correspondiente a gastos de transporte con un 21% de IVA.

Como se trata de diferentes productos cada uno de ellos a un precio distinto, registro las compras en la misma fecha (la de la factura) pero por separado, es decir, 2 unidades a precio de 5,50€ cada una, 10 unidades a precio de 6,14€ cada una, etc., pero mi duda es cómo y dónde he de registrar el importe correspondiente al transporte... ¿Debo prorratear / dividir el importe entre el número de unidades compradas y añadirlo al valor de compra de cada unidad?

Luego registro las ventas y para la valoración aplico el método de Coste Medio Ponderado en mi tablita Excel. Pero evidentemente no es lo mismo deducir todo el gasto de transporte que deducirlo a medida que vaya consumiendo las compras.

Espero haberme explicado bien, mil gracias de antemano.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor max9 » 18/02/2021 21:15

Hola, ¿alguien me sabría contestar? Mi duda es si puedo deducir todo el gasto de transporte de las mercancías que compro para vender al por menor, ¿o también debo deducirlo a medida que se van consumiendo las compras? Gracias de antemano.
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Re: Modelo 130 Gasto deducible y variacion de existen.

Notapor setebelo » 05/07/2021 15:57

Hola max9, no soy contable pero segun tengo entendido, el transporte es parte de la compra de existencias, es decir debe estar incluido en el precio de adquisicion de la mercancia.
Así que deberías deducirlo segun se vaya consumiendo.

Segun el manual practico de la Renta 2020:

2. Compra, Variación de existencias y Otros consumos de explotación
Se incluyen dentro de esta categoría los siguientes conceptos que aparecen diferenciados en la declaración del IRPF.

a. Compra de existencias (mercaderías y materias primas)
Dentro de esta categoría se recogen las adquisiciones corrientes de bienes efectuadas a terceros, siempre que cumplan los dos siguientes requisitos:

Que se realicen para la obtención de los ingresos.
Que se trate de bienes integrantes del activo corriente.

En el precio de adquisición deben incluirse los gastos adicionales, tales como los de transportes, seguro, carga y descarga y otros atribuibles directamente a la adquisición.

Dicho precio es el importe facturado por el vendedor (después de cualquier descuento, rebaja en el precio o similar, así como los intereses incorporados al nominal de los débitos), donde se incluirán los gastos adicionales que se produzcan hasta que los bienes estén ubicados para su venta (transportes, aranceles, seguros...).

Enlace donde puedes acceder a esta informacion:
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.i ... acion.html

Como dije anteriormente no soy contable, pero como esta informacion se encuentra en el manual de la renta 2020, te comparto. Espero haberte ayudado.
setebelo
 
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