Hola,
A vueltas con el 347 no sé si tengo que incluir en el impreso la "indemnización" de un seguro que recibió un taller familiar al que le llevo las cuentas, tras incendio.
El pago del seguro corresponde a las facturas peritadas y aceptadas por las reparaciones realizadas y abonadas por el taller.
En caso de incluirse, qué clave le corresponde.
Gracias.
Fiscalidad: SEGURO Y 347
Moderador: Fiscalidad
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Re: SEGURO Y 347
Las empresas pagadoras de primas de seguros las harán constar en el modelo 347 en la medida en que su cuantía supere los 3005,06 euros.
Sin embargo, desde la óptica contraria, las primas de seguros pagadas a las compañías aseguradoras así como las indemnizaciones percibidas de éstas, que habrían de incluirse en la medida que respondan a operaciones propias de la actividad económica, no tendrán que ser declaradas por los destinatarios de estos seguros que sean empresarios o profesionales dado que quedan excluidas del modelo 347 las prestaciones de servicios por las que los obligados tributarios no debieron expedir y entregar factura, como es el caso de las operaciones de seguros.
En este caso, no deben marcar la casilla operación seguro del modelo, la cual sólo debe ser rellenada por las entidades aseguradoras para identificar las operaciones de seguro, debiendo consignar estas separadamente del resto de operaciones.
Esta es la respuesta que da una página de SuperContable referida a los seguros.
Espero que te sirva
Manolo
Sin embargo, desde la óptica contraria, las primas de seguros pagadas a las compañías aseguradoras así como las indemnizaciones percibidas de éstas, que habrían de incluirse en la medida que respondan a operaciones propias de la actividad económica, no tendrán que ser declaradas por los destinatarios de estos seguros que sean empresarios o profesionales dado que quedan excluidas del modelo 347 las prestaciones de servicios por las que los obligados tributarios no debieron expedir y entregar factura, como es el caso de las operaciones de seguros.
En este caso, no deben marcar la casilla operación seguro del modelo, la cual sólo debe ser rellenada por las entidades aseguradoras para identificar las operaciones de seguro, debiendo consignar estas separadamente del resto de operaciones.
Esta es la respuesta que da una página de SuperContable referida a los seguros.
Espero que te sirva
Manolo
- MGA
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- Registrado: 11/05/2007 13:56
- Ubicación: BURGOS
Re: SEGURO Y 347
Hola Manolo qué gusto saludarte,
Algo busqué en internet acerca del tema, incluso en este foro, pero no saqué ninguna conclusión clara.
Interpreto de tu respuesta que,
[i]"...quedan excluidas del modelo 347 las prestaciones de servicios por las que los obligados tributarios no debieron expedir y entregar factura, como es el caso de las operaciones de seguros"..[/i]
Luego no la declararé puesto que únicamente tengo el informe pericial (que solicité para el control de las facturas aceptadas) en el que se indica con detalle lo peritado y la suma total indemnizada.
Me da mucha pereza llamar a Hacienda por ésto, porque es la típica pregunta que según quien te coja...
Saludos Manolo
Algo busqué en internet acerca del tema, incluso en este foro, pero no saqué ninguna conclusión clara.
Interpreto de tu respuesta que,
[i]"...quedan excluidas del modelo 347 las prestaciones de servicios por las que los obligados tributarios no debieron expedir y entregar factura, como es el caso de las operaciones de seguros"..[/i]
Luego no la declararé puesto que únicamente tengo el informe pericial (que solicité para el control de las facturas aceptadas) en el que se indica con detalle lo peritado y la suma total indemnizada.
Me da mucha pereza llamar a Hacienda por ésto, porque es la típica pregunta que según quien te coja...
Saludos Manolo
- arant
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