Buenos días :
Serían tan amables de ayudarme.
Tengo una sociedad A que es partícipe de otra B, en un 25%.
Mi sociedad A ha firmado en 2022, junto con los otros socios partícipes, un contrato de compra venta de la sociedad B para el siguiente ejercicio 2023.
En dicho contrato se estipula el cobro de ARRAS ya que la venta se hará efectiva en el siguiente ejercicio.
A qué cuenta llevo en el IS 2022 el importe de las cantidades recibidas a/c de la futura VENTA en el 2023 ?
- 560 = fianzas recibidas a c/p ???
Muchas graciassss, un saludo
Fiscalidad: COBRO DE ARRAS POR VENTA DE ACCIONES
Moderador: Fiscalidad
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