Contabilidad España: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

Moderador: Contabilidad

ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor ANAMARIA1957 » 20/01/2022 21:09

Buenas noches a todos los foreros,
Tengo una duda,
Una sociedad que su actividad es transporte. Se le volcó un camión en la carretera y una empresa de servicio asistencia en carretera hizo ese servicio , para ello tuvo que llevar una grúa mas todo lo que conlleva.
Esta empresa hace una factura por esos servicios por 4.500€
Se dio parte al seguro del camión y el seguro ha abonado la base imponible de la anteriormente citada factura.
He contabilizado la factura de gasto en la cuenta de reparaciones.

622 en el debe y 410 en el haber
410 en el debe y 572 en el haber

En el ingreso del seguro he contabilizado:
430 en el debe y 778 en el haber
572 en el debe y 430 en el haber
Esto es correcto?
Gracias por todo :D
ANAMARIA1957
 
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor PENCIAYERA » 21/01/2022 21:47

Yo crero que sí
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor ANAMARIA1957 » 07/02/2022 11:23

Buenos días a todos los foreros,
Por favor, Me puede ayudar alguien con mi pregunta? :D
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor DATAKON » 07/02/2022 13:13

Es lógico suponer, que la factura de gastos del taller y del servicio en carretera, aparte de ir a nombre del cliente (no del Seguro), contemplaría IVA. ¿Qué has hecho con éste cargo?
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire)
.- Eso si, siempre con respeto...
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor PENCIAYERA » 07/02/2022 17:53

ANAMARIA1957 escribió:Buenos días a todos los foreros,
Por favor, Me puede ayudar alguien con mi pregunta? :D


Ya te contesté el 21/01. Te envio ahora los asientos completos
[size=85]Por la factura recibida de la Cia de asistencia
De 622 Reparación y conservación
De 472 H.P. IVA Soportado
A 410 Acreedores por Prestaciones de Servicios (Cia de asistencia)

Por el reconocimiento de pago de la compañía de seguros
De 440 Deudores por indemniz. pendientes de recibir (Base de la factura)
A 778 Ingresos Excepcionales

Pago de la factura a la compañía de asistencia
De 410 Acreedores por Prestaciones de Servicios (Taller)
A 440 Deudores Indemniz. pendientes de recibir (Cia de seguro)
A 572 Bancos c/c (Importe del Iva que transferimos a la Cia de asistencia)

Un saludo
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor DATAKON » 07/02/2022 21:57

A mi juicio, el reconocimiento o aceptación de una obligación de pago contractual, no tiene razón de ser de un registro contable. No es mas que rizar el rizo. Eso ya va implícito en el correspondiente contrato.

Por esa regla de tres, cualquier operación de venta o servicio, una vez llevado a cabo y aceptado éste (albarán, nota de entrega o lo que fuere), deberiase igualmente reconocer la correspondiente obligación del pago que conlleva cualquier contraprestación. Contado o crédito, da igual.

Yo no haría uso de la cuenta 440. ¿Cuántas cuentas puentes, por igual razón, se podría habilitar en contabilidad?.
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor PENCIAYERA » 07/02/2022 22:04

En este tipo de operaciones, las compañías de seguros, no suelen aceptar a las primeras de cambio su responsabilidad.
Muchas veces el asegurado tiene que pagar a la compañia de asistencia en este caso o al taller reparador y después iniciar acciones legales contra la compañía aseguradora.

Por eso el reconocimiento de la deuda cuando esta se produzca
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor DATAKON » 07/02/2022 22:06

¿Porqué no?...

Como cualquier operación de servicios de Seguros. Conlleva una investigación, preparación de trámites y ejecución del contrato. El que hubiera diferencias, en un caso extremo, se da en muchísimas operaciones.

Pero ya digo, es rizar el rizo. El NPGC no se opone a las "cuentas puentes". Se puede hacer, si existen ganas de ello. Ya digo: Rizar el rizo....

En las Cuentas Anuales, ante un hipotético cierre de ejercicio, si queremos llevar al limite la Imagen Fiel, en to caso....En fin, ca contable es libre de presentar su contabilidad...
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Re: ABONO SEGURO ASISTENCIA CARRETERA

Notapor ANAMARIA1957 » 10/02/2022 18:50

Muchas gracias por vuestra ayuda. :D
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