Contabilidad España: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

Moderador: Contabilidad

Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor DATAKON » 29/09/2014 17:33

El que traspasa, deberá reflejar el siguiente asiento:

57*.- Tesoreia (valor venta)
28*.-Amortización acumulada
á 21*.-Valor contable

Se deberá cuadrar el valor de ambos asientos, con las cuentas 671/771, según hubieran pérdidas o beneficios.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor nere » 30/09/2014 09:09

ok,muchas gracias por la ayuda
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor APT » 30/06/2017 11:24

Hola,
Vuelvo a resucitar el tema del traspaso de un negocio, siendo un asunto peliagudo, porque cada traspaso supongo que estará sujeto a diferentes condiciones que pueden afectar para contabilizar de forma satisfactoria la operación.
En mi caso, es un traspaso en el que la empresa vendedora no vende activos, solamente renuncia al contrato de alquiler, para que la otra empresa interesada pueda firmar un nuevo contrato con el propietario. La operación esta valorada en 35.000€ en el que la forma de pago será 7.500 de señal en un contrato de arras, 17.500€ a la firma del contrato entre las partes y la renuncia del contrato del alquiler, y el resto de los 10.000€ a 12 meses, con una cuota de 833,33€ mensuales.
Tengo dudas en como realizar los asientos de ingresos y de cobro.
Muchísimas gracias.
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor DATAKON » 30/06/2017 12:01

Si no existen de por medio activos ni bienes materiales, yo lo consideraría como "Fondo de Comercio" el valor del traspaso.

Los cobros, como cualquier otra operación aplazada.

Lo que ya no entiendo es eso de la "renuncia del contrato del alquiler"...¿Lo podrás explicar?....
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor APT » 30/06/2017 12:48

Perdón, quizá no me he explicado bien. Es decir simplemente cesión del contrato de alquiler.
Entonces si no se vende los activos materiales (muebles, maquinaria) pero si las instalaciones y construcciones, ¿el asiento quedaría así en el caso de que haya perdidas?

57*.- Tesorería (valor venta)
2811.-Amortización acumulada de construcciones.
2812.-Amortización acumulada de instalaciones técnicas.
2813.-Amortización acumulada de otras instalaciones.
671. Perdidas procedente de inmovilizado material
á 211.-Valor contable construcciones.
212.-Valor contable de instalaciones técnicas.
213.-Valor contable de otras instalaciones.
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor DATAKON » 30/06/2017 12:55

Ya no es lo mismo que has dicho al principio. Retiro mi contestación anterior. Me abstengo de intervenir en planteamientos que no se informan correctamente con tos los detalles.
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor APT » 30/06/2017 13:29

Disculpa si le he dado pie a confusión. Como decía al principio puede entenderse diferentes criterios, si traspasas un local hay inmovilizaciones materiales que puedes incluir o no en la operación, y otras que se tienen que incluir si o si, porque las instalaciones técnicas y construcciones son cosas que no puedes llevártelas.
Por lo tanto estas son mis dudas a la hora de llevar a cabo el asiento. Espero que otros usuarios lo hayan podido entender mejor, y respecto a usted, una vez mas disculpa si le he podido abrumar con esta confusión.

Un saludo.
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor DATAKON » 30/06/2017 14:58

Bueno, vamos a ver. Las instalaciones técnicas y construcciones, es cosa de la parte vendedoar. Y éste, el vendedor, ya las valorará por su valor contable neto (practicaras las amortizaciones). Y con respecto al inmobiliario y en su caso existencias, mas de lo mismo. Según valoración actual contable.

Aparte, si to el activo queda en el inmueble, y solo existe por medio una contraprestación económica GLOBAL, no hay duda que nos encontraríamos ante un traspaso de negocio (en su totalidad), como "unidad autónoma independiente".

Si estamos preguntando como se llevaría a cabo las operaciones de ingreso y cobro, se podría interpretar que se pregunta desde el punto de vista de la parte vendedora.

Si es así, ya existe pronunciamiento anterior sobre este tema, como traspaso de "unidad autónoma independiente", a efectos de IVA e ITP. La diferencia entre el importe de la venta y los activos (valores contables), se podrá registrar como beneficio o pérdidas, según la diferencia.

¿Cuál seria el problema realmente?.
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor APT » 30/06/2017 17:53

Yo soy la parte vendedora. Pero en la operación de traspaso no esta incluido ni el mobiliario ni la maquinaria del local, solo se vende el derecho del contrato del alquiler y como decía anteriormente se queda a beneficio del comprador las instalaciones (electricidad, fontanería, climatización) y la obra civil (albañilería) que en su día se llevó a cabo para la puesta en marcha del negocio con las facturas convenientes de los instaladores y que todavía se están amortizando.
Mi duda es si este asiento seria correcto para esta operación:

57*.- Tesorería (valor venta)
2811.-Amortización acumulada de construcciones.
2812.-Amortización acumulada de instalaciones técnicas.
2813.-Amortización acumulada de otras instalaciones.
671. Perdidas procedente de inmovilizado material
á 211.-Valor contable construcciones.
212.-Valor contable de instalaciones técnicas.
213.-Valor contable de otras instalaciones.
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor MARIA 09 » 11/04/2019 14:34

Tengo que contabilizar y declarar un traspaso de una tienda, estimación directa simplificada.

En este caso todo es beneficio, puesto que corresponde a clientela etc.

Entiendo que debo incluirlo en el modelo 130, rendimiento actividad.

Estáis de acuerdo??
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor DATAKON » 11/04/2019 14:57

¿De quien a quien, y el qué?.....
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor MARIA 09 » 11/04/2019 17:08

DATAKON escribió:¿De quien a quien, y el qué?.....


Un arrendatario traspasa a otro arrendatario una tienda.

No puede justificar gastos, por lo que todo es ingreso.

La consulta es:

- ¿el importe del traspaso recibido debe declararlo directamente en su declaración de renta como ganancia patrimonial?

- o ¿debe incluirlo en el modelo 130 del último trimestre que ha ejercido la actividad?
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor Sonotone » 11/04/2019 18:22

MARIA 09 escribió:Tengo que contabilizar y declarar un traspaso de una tienda, estimación directa simplificada.

En este caso todo es beneficio, puesto que corresponde a clientela etc.

Entiendo que debo incluirlo en el modelo 130, rendimiento actividad.

Estáis de acuerdo??


Ya te ha respondido Patrimonio por lo que veo, en el post que has abierto

DATAKON escribió:¿De quien a quien, y el qué?.....


Que digo yo que si habla de 130, el transmisor es persona física, y a quien como que es irrelevante para la pregunta que estaba haciendo...
Juan Soto Ivars: "Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro"
Montaigne, "Me es imposible tratar de buena fe con un tonto, porque bajo su influjo no sólo se corrompe mi juicio, sino también mi conciencia”
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor DATAKON » 11/04/2019 19:01

¿Irrelevante?....La pregunta, aparte, comprendia también la contabilidad, y está en un foro de ídem, de ahí la preguntita:
"Tengo que contabilizar y declarar un traspaso de una tienda, estimación directa simplificada".

Por lo tanto, el qué y a quien, no está de mas...¿La tienda solo, mercaderías aparte, inmovilizado?...

Faltan estos detalles....
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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Re: CONTABILIZAR EL TRASPASO DE UN BAR.

Notapor MARIA 09 » 13/04/2019 11:16

Gracias a todos, aclarado.

** Ganancia patrimonial **
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