Buenos días,
Hace mucho que no aparezco por aqui..... pero necesito una vez más vuestra ayuda.
Nos hicieron en Diciembre de 2007 una Regularización de IVA, por IVA de 2006, y tenemos que pagar bastante dinero.
El primer pago se hizo de golpe por el 30% de la sanción y el resto nos van cobrando cada mes. ¿Cómo contabilizo ese primer pago? Nos han dicho que es una pérdida, pero no sé con qué cuentas contabilizar. Como soporte físico tengo una Carta de Pago de Hacienda (Modelo 713).
Espero que me podáis echar una mano.
Muchas gracias.
Saludos,
Iranzu
Contabilidad España: MULTA IVA
Moderador: Contabilidad
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Las multas no son gastos deducible, su pago va directamente a resultados. Tendrías que llevarla a Pérdidas y Ganancias, minorando la cuenta de tesorería con que se haya pagado y en la fecha del pago.
- corto maltes
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Re: MULTA IVA
irango escribió:Buenos días,
Hace mucho que no aparezco por aqui..... pero necesito una vez más vuestra ayuda.
Nos hicieron en Diciembre de 2007 una Regularización de IVA, por IVA de 2006, y tenemos que pagar bastante dinero.
El primer pago se hizo de golpe por el 30% de la sanción y el resto nos van cobrando cada mes. ¿Cómo contabilizo ese primer pago? Nos han dicho que es una pérdida, pero no sé con qué cuentas contabilizar. Como soporte físico tengo una Carta de Pago de Hacienda (Modelo 713).
Espero que me podáis echar una mano.
Muchas gracias.
Saludos,
Iranzu
Normalmente cuando pasas una inspeccion tienes una parte que es la deuda que te descubren y otra parte que son los intereses y la sancion.
Debes revisar las actas de inspeccion, ya que la parte del IVA y los intereses SI que te lo puedes deducir, llevandolo a la 6341 y 662 respectivamente y la sancion a la 678 como te dice Car, siendo este ultimo gasto no deducible, con lo que deberas ajustar tu impuesto de sociedades.
Saludos
- hechicero_es
Re: Luego...
logan escribió:Car mi programan contable la cuenta 678 la utiliza para el calculo del resultado contable,,,,, luego cuando tenga que hacer is como quito ese gasto no deducible fiscalemnte en el IS?
Saludos
Je, je tranqui que tu programa lo hace bien. Hay que diferenciar los gastos contables de los fiscales. En contabilidad has de contabilizar todos los gastos sean o no deducibles fiscalmente, luego ya se harán los ajustes pertinentes.
Por ejemplo, te da un resultado contable de 9000 antes de impuestos en el que hay un gasto no deducible fiscalmente de 1000 de una sanción
Tu a la hora de calcular el IS partirías del resultado de 9000 y lo ajustarías por las diferencias permanentes,temporarias etc..
Como la sanción no es deducible tendrías una BI de 9000 +1000= 10000
Y harías el asiento
D/630 2500
H/4751 2500
H/473
Que me perdonen los más puristas porque ahora con el NPGC no se habla de gastos e ingresos sino de base fiscal y contable para calcular las diferencias temporarias
"Me lo contaron y lo olvidé. Lo vi y lo entendí. Lo hice y lo aprendí."
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Car - Posts: 855
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Gracias ...
Ya suponia yo que tenia que estar bien ,, jeje
- logan
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