Contabilidad España: margen de beneficio

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

Moderador: Contabilidad

margen de beneficio

Notapor Invitado » 08/11/2007 17:30

Hola,

el margen de beneficio sobre un producto ¿lo debo calcular sobre su precio base, o bien sobre su PVP (o sea iva incluido)?

Por ejemplo, yo compro un equipo al mayorista y me cuesta 1000 +16%= 1160,00€ ¿El beneficio que quiero obtener lo aplico encima del 1160 euros o sobre los 1000 euros? Luego a ese importe resultante le debo aplicar el IVA.

gracias de antemano

un saludo
Invitado
 

Notapor Venus » 08/11/2007 20:11

Tendrás que calcularlo sobre el precio de coste, el IVA no es un gasto.
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Venus
 
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Notapor Invitado » 10/11/2007 18:45

pero yo lo tengo que pagar cuando compro. Para mi es un gasto.

Hay algún reglamento específico para esto o cada cual lo puede aplicar dónde quiera?
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Notapor Petrus » 10/11/2007 19:47

Por más que te empeñes, el pago del IVA no es un coste, ya que en breve plazo lo recuperas via liquidación trimestral del mod. 300.
Para el cálculo de ratios y márgenes el IVA no juega para nada.
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Notapor Invitado » 11/11/2007 14:37

pero si podrá calcularlo si el pvp es con iva. o sea, si yo compro un producto a 200 euros (iva incluido) y lo vendo 250 (iva incluido), ahí si puedo calcular el margen de beneficio porque llevan los iva incluido, no?

Es que tengo que hacer una previsón de ventas, con sus márgenes, y me dijeron que lo hiciera con el IVA incluido. Que si luego me devuelven el IVA, pues perfecto, pero que ahora lo tenía que ver como un gasto. Pero ahora os leo esto, y me quedo dudando.

saludos
Invitado
 

Notapor vicctor15 » 12/11/2007 14:18

Cuando compras el material, con factura, el precio real de coste es el de la base imponible, ya que lo deduces luego con el modelo 300 como te han indicado.
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Notapor CRSIPINA » 12/11/2007 14:22

EL IVA NUNCA ES UNGASTO O COSTE, A TI TE LO COBRAN PERO TU LO COBRAS AL CLIENTE, UN CALCULO DE MARGENES CON IVA INCLUIDO NO ESTA BIEN HECHO. LOS BENEFICIOS SIEMPRE SE CALCULAN SIN IVA TANTO EN LOS IGRESOS COMO EN LOS GASTOS
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Notapor Venus » 12/11/2007 16:39

Además de que el IVA no es un gasto, mira como no es lo mismo:

Coste (B.I) = 200 € -----> Venta (B.I) = 250 € -----> Bº = 50 €

Aplicamos el IVA (16 %):

Coste (IVA inc) = 232 € ----> Venta (IVA inc) = 290 € ----> Bº = 58 €
Pasan los años, pasa tu vida, pasan los meses, pasan los días, pasan las horas, también los minutos, este puede ser tu último segundo.
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Notapor Invitado » 12/11/2007 18:20

De acuerdo. Muchas gracias por todas las respuestas. Disculpad mi insistencia, ya que la cuestión me confundía pero ahora ya lo veo claro.

un saludo
Invitado
 

Notapor hechicero_es » 12/11/2007 23:35

Anonymous escribió:De acuerdo. Muchas gracias por todas las respuestas. Disculpad mi insistencia, ya que la cuestión me confundía pero ahora ya lo veo claro.

un saludo


Puntualizo una cosa; si la empresa se dedica a la venta al por menor y es una persona fisica obligatoriamente estara incluido en el regimen especial del recargo de equivalencia y todo el IVA que pague NO ES DEDUCIBLE y como tal se considera mas coste de la compra, por lo que en ese caso tendra que considerar las cifras con el IVA incluido.

Y aunque no se de el caso anterior, ¿que me impide a mi calcular el precio de venta con el IVA incluido aplicandole un margen de beneficio a la compra IVA incluido?. Lleva razon el invitado al decir que puede hacerlo, independientemente de que tenga que practicar sus correspondientes liquidaciones de IVA y luego le resulte una cantidad a devolver o a pagar, nada le impide calcular el margen comercial que quiera tener sobre la base imponible o sobre el total con IVA.

Saludos
hechicero_es
 

Notapor Invitado » 13/11/2007 12:40

aunque no se de el caso anterior, ¿que me impide a mi calcular el precio de venta con el IVA incluido aplicandole un margen de beneficio a la compra IVA incluido?. Lleva razon el invitado al decir que puede hacerlo, independientemente de que tenga que practicar sus correspondientes liquidaciones de IVA y luego le resulte una cantidad a devolver o a pagar, nada le impide calcular el margen comercial que quiera tener sobre la base imponible o sobre el total con IVA.


Gracias hechicero. Tu respuesta concuerda con lo que me dijeron.

Saludos
Invitado
 

Notapor jjmuñoz » 13/11/2007 12:57

Si el iva soportado es deducible, lo correcto seria calcular el margen utilizando la base imponible, lo que no quiere decir que no se pueda hacer lo que tu has planteado.
Un saludo.
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jjmuñoz
 
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