Fiscalidad: DUDA APORTACION SOCIOS

Fiscalidad de la empresa y el autónomo; IVA, Sociedades, IRPF, ...

Moderador: Fiscalidad

Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 12/09/2017 19:24

Repetición de la jugada:

DATAKON escribió:En cualquier caso, pa el tercer socio, sea como sea, ya sea como aportación libre o como ingreso del ejercicio (que está por ver), participaría de ello sin poner un duro. Lo que queda dicho.

O sea, esa aportación a fondo perdido, como señalaba el demandante, seria sin tributación como ITP. Eso fiscalmente.

Y en cuanto al NPGC, seria un registro en el PN (cuenta 118). Y en éste caso, si se considerase beneficio del ejercicio (que estaria por ver), con aplicación del efecto impositivo, si ha lugar a ello. Ya en tal caso, si existiese o se considerase una diferencia como beneficio, mejor la misma en la cuenta 113.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire)
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 12/09/2017 19:44

Queda pues por ver o determinar, que tratamiento contable se observaría en el IS, con respecto al NPGC:

2. Subvenciones, donaciones y legados otorgados por socios o propietarios
Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables recibidos de socios o propietarios, no constituyen ingresos, debiéndose registrar directamente en los fondos propios, independientemente del tipo de subvención, donación o legado de que se trate. La valoración de estas subvenciones, donaciones y legados es la establecida en el apartado 1.2 de esta norma.


Puede darse el caso, mu común, que por parte del socio mayoritario (o casi dueño total), efectuase aportaciones a fondo perdido, pa compensar pérdidas o bien pa mejorar el Patrimonio Neto, y na por parte de otros socios minoritarios. ¿Qué tratamiento fiscal tendrían esas aportaciones?. ¿Ingresos o fondos propios?....

Ni quito ni pongo rey. Añado mas legislación. Como ya dije, queda al intelecto interpretativo de ca uno....
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor YUPI » 13/09/2017 09:28

Que no hombre, que no, ¿qué parte del NO es la que no comprendes?..., a ver si te sirve ésto:



NUM-CONSULTA
V1626-09
ORGANO
SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas

FECHA-SALIDA
09/07/2009

NORMATIVA
TRLIS RD Leg 4/2004, ART.10 .

DESCRIPCION-HECHOS

Los cuatro socios de la entidad consultante, todos ellos personas físicas residentes con una participación directa del 25 por ciento cada uno, están considerando realizar en 2009 una donación no reintegrable de 50.000 euros por socio a la sociedad por la necesidad de reforzar la situación financiera de la misma.

CUESTION-PLANTEADA

1. Si las donaciones recibidas de los socios al no constituir ingreso contable para la sociedad, pueden considerarse ingreso fiscal.

2. Si dichas donaciones tendrán para los socios el carácter de un mayor valor de adquisición de su participación en la sociedad.

CONTESTACION-COMPLETA

(...)

En el caso planteado, las donación no reintegrable realizada por los socios, tendrá la consideración de aportación del socio a la sociedad, sin que en dicha aportación se genere ingreso alguno computable en la cuenta de resultados y, en la medida que el TRLIS no establece ningún precepto particular al respecto, tampoco se genera renta alguna para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, siempre que se mantenga la equivalencia económica entre los socios, antes y después de la aportación.

En definitiva, las donaciones entregadas por los socios a la sociedad para reforzar la situación financiera de la sociedad, de acuerdo con el actual Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre (BOE de 5 de julio), considera que la principal novedad establecida en el Plan respecto al tratamiento de las subvenciones, donaciones o legados, al margen de su imputación directa al patrimonio neto en el momento inicial, “…es el hecho de que las subvenciones, donaciones y legados entregados por los socios o propietarios de la empresa no tienen la calificación de ingresos, sino de fondos propios, al ponerlas en pie de equivalencia desde una perspectiva económica con las restantes aportaciones que los socios o propietarios puedan realizar a la empresa, fundamentalmente con la finalidad de fortalecer su patrimonio.

(...)

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.




PD: Ahora, te das cuen... o todavía NO... :shock:
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 09:52

Repetición de la jugada: DE ESTO SI QUE NO NOS HEMOS ENTERAO

DATAKON escribió:En cualquier caso, pa el tercer socio, sea como sea, ya sea como aportación libre o como ingreso del ejercicio (que está por ver), participaría de ello sin poner un duro. Lo que queda dicho.

O sea, esa aportación a fondo perdido, como señalaba el demandante, seria sin tributación como ITP. Eso fiscalmente.

Y en cuanto al NPGC, seria un registro en el PN (cuenta 118). Y en éste caso, si se considerase beneficio del ejercicio (que estaria por ver), con aplicación del efecto impositivo, si ha lugar a ello. Ya en tal caso, si existiese o se considerase una diferencia como beneficio, mejor la misma en la cuenta 113.

NI DE ESTO OTRO:
DATAKON escribió:Ni quito ni pongo rey. Añado mas legislación. Como ya dije, queda al intelecto interpretativo de ca uno....
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 10:10

Y ahora viene lo mejor. A fin de ser constructivos: ¿En el supuesto que hubiese que declarar las aportaciones societarias como posibles diferencias como ingresos de la actividad, ¿qué solución seria mas aconsejable pa no tener que tributar por ello como beneficio de la empresa?.

A esa conclusión final, me imagino, es a la que deseaba llegar el demandante.
Última edición por DATAKON el 13/09/2017 10:12, editado 1 vez en total
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor YUPI » 13/09/2017 10:11

DATAKON escribió:Repetición de la jugada

Te repites más que el "ajo", ¿no sabes hacer otra cosa?, vamos a ver, otra repetición pero ésta es NUEVA (y más reciente):



NUM-CONSULTA
V1978-16
ORGANO
SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas

FECHA-SALIDA
09/05/2016

NORMATIVA
LIS, Ley 27/2014 arts: 10.3

DESCRIPCION-HECHOS

En el año 2012 la Junta de Socios decidió al objeto de dotar de liquidez a la sociedad y mejorar el patrimonio neto, realizar aportaciones a la cuenta 118 "aportaciones de socios o propietarios" contemplada en el RD 1515/2007 del PGC de Pymes. Dicha aportación se realizó en la misma proporción que la participación de todos los socios en el capital social.

Dicha aportación se realizó con el objeto de que, en el momento en que se reestableciera el equilibrio patrimonial y la situación de la liquidez lo permitiera, pudiera ser reembolsada a los socios, siempre que éstos así lo acordaran en la Junta. Dicha circunstancia quedó establecida en el acuerdo de aportación.

A finales de 2012 uno de los socios vendió su participación a otros dos socios, En el ejercicio 2014 la situación financiera de la entidad ha mejorado, por lo que los socios tienen previsto aprobar el reembolso de las aportaciones. No se descarta que en futuros ejercicios puedan realizarse nuevas aportaciones de socios para financiar proyectos específicos o para reestablecer el equilibrio patrimonial, con la condición de que dichas aportaciones sean reembolsables por acuerdo de la Junta.

CUESTION-PLANTEADA
1º) Cuál sería el tratamiento en el Impuesto sobre Sociedades tanto de la futura aportación como de la disposición prevista para el 2014.

2º) Cuál sería el tratamiento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los socios tanto de otra eventual aportación como de la disposición prevista para el 2014.

3º) Cuál sería el tratamiento en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados tanto de la constitución de la aportación como de disposición prevista.

CONTESTACION-COMPLETA

(...)

En definitiva, en relación con las cantidades entregadas por los socios a la sociedad para reforzar su situación financiera, la principal novedad establecida en el PGC, respecto al tratamiento de las subvenciones, donaciones o legados, al margen de su imputación directa al patrimonio neto en el momento inicial, “…es el hecho de que las subvenciones, donaciones y legados entregados por los socios o propietarios de la empresa no tienen la calificación de ingresos, sino de fondos propios, al ponerlas en pie de equivalencia desde una perspectiva económica con las restantes aportaciones que los socios o propietarios puedan realizar a la empresa, fundamentalmente con la finalidad de fortalecer su patrimonio.

(...)

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.





PD: ésto es la auténtica Fiscalidad..., ahora ¿te volverás a REPETIR?..., ¿no tienes suficiente?...¿aún no lo ves claro?..., déjalo ya hombre, déjalo ya...
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 10:12

Chaval, que eso ya se encuentra aceptado como posible, ¿¿NO TE HAS ENTERAO AUN??....

Esto otro es lo que se requiere ahora:
DATAKON escribió:Y ahora viene lo mejor. A fin de ser constructivos: ¿En el supuesto que hubiese que declarar las aportaciones societarias como posibles diferencias como ingresos de la actividad, ¿qué solución seria mas aconsejable pa no tener que tributar por ello como beneficio de la empresa?.

A esa conclusión final, me imagino, es a la que deseaba llegar el demandante.

Pa quien desee contestar, sin liar la madeja....claro....
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor YUPI » 13/09/2017 10:27

DATAKON escribió:Chaval, que eso ya se encuentra aceptado como posible, ¿¿NO TE HAS ENTERAO AUN??....


Yayo, así me gusta que aprendas de tus errores y/o lapsus.

Si de verdad lo has aprendido y/o comprendido las respuesta a tu pregunta esta implícita en la respuesta y/o las respuestas ¿sabrás descifrarla? o te la REPITO... :lol:
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 10:51

No lies mas la cosa, y contesta (si te place), cual seria la solución práctica pa que el demandante no tenga que tributar como beneficios de empresa, esas posibles diferencias, si ha lugar a ello conforme a las participaciones de los socios. Que por otra parte no informa na sobre ello.

To lo demás, no es mas que afición a polemizar. Como siempre....
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor YUPI » 13/09/2017 11:29

Claro que mi piace ¿cómo no?... pero todo dependerá de lo que se entienda como Solución Práctica, vamos a ver, asimilo que admites que utilizando el método de aportaciones de los 3 socios mediante las cuentas (118...) se genera un ingreso del ejercicio por la parte del socio que no aporta nada ¿ vale ?... , pues a partir de aquí la Solución Práctica-Legal que se aplica en estos casos ¿ cual sería ?..., pues muy sencillo AMPLIACIÓN DE CAPITAL pura y dura a favor de los 2 Socios que aportan el capital ¿ qué es un poquito más caro ? claro que sí, pero mucho más barato que adoptar alguna que otra solución "práctica" que pueda comportarnos el pago de una revisión FISCAL por este motivo.


PD: aquí tenemos un dicho que dice: "qui paga MANA", o sea, que de esta manera (aparte de solucionar lo Fiscal) las participaciones reflejarán la Realidad de los 3 socios en cuando la Sociedad. ¿ te parece bien ?..., pues bien, ahora te toca a TI dar un Solución, pero que no sea muy-muy práctica eh¡...que lo barato en lo FISCAL sale caro (otro dicho) :lol:
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 13:10

Nos ha joio Mayo con las flores!....pa éste viaje no necesito alforjas…..Esa solución de ampliación de capital, según aportaciones de ca socio, se da por hecho que podría llevarse a cabo. Pero no es eso tal como los plantean. O se deduce de su planteamiento.

Yo parto del hecho de que se da como "fondo perdido" las aportaciones de los socios. Y que no se espera devolución. Es decir, en la práctica, desean llevar a cabo una donación por ellos solitos, es decir, hacerse cargo de los gastos futuros (20/30.000 euros aproximadamente). Solo solicitan como se contabiliza y que fiscalidad existe

La pregunta concreta era esta. De donde se deduce, que no desean tributar (como es lógico pensar, ni como ITP ni como beneficios), y si hacerse cargo de los futuros gastos los dos socios que si aportan, dejando al margen al tercero sin "complicarle la vida".....Bajo esta premisa era mi pregunta, según deduzco:
Marta1986 escribió:Buenos días,

A ver si alguien me puede ayudar en un tema que en breve tendré que afrontar. Se trata de una SL que se ha constituido con tres socios. Ahora habrá que aportar dinero para hacer unos trámites, en torno a 20-30.000€ y lo aportaran dos de los socios.

El tema es, en principio se cuenta que irá a fondo perdido no se va a pedir devolución. Como se contabilizaría? y lo que más me preocupa... como tributaría? Es como una donación? Hay que hacer algo tras esta aportación a nivel fiscal?

Entiendo que al no pedir devolución como un préstamo no sería. Quizás a una cuenta 118?

Gracias de antemano.

Un saludo,

Marta


Y naturalmente, que fuese posible y legal....Es decir, aportan el dinero a fondo perdido, sale únicamente de sus bolsillos (excluyendo al tercero), y no quieren complicaciones en cuanto a tributación (que es lo que le preocupa)....
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor YUPI » 13/09/2017 13:59

jajajajaj¡¡¡ dices que no quieren Tributar... ¡TOMA! y yo tampoco, pero c'est la vie (así es la vida),... la cuestión no es esa, la cuestión es como tributar menos sin salirse de la tangente, te lo explico:

Mira, fíjate bien, que sea la aportación a fondo perdido solo quiere decir que "legalmente" se descarta la Solución del Préstamo de los socios a la sociedad, nada más... por tanto descartada.

La solución de aportación sin aumento de capital (cuentas 118) podría ser factible fiscalmente solo en el caso que dichas aportaciones fueran iguales al % de participación de cada (repito cada) uno de los socios posea actualmente, como en el caso que estamos tratando NO se dan estas condiciones entonces se generaría con esta solución un Ingreso del Ejercicio que tributaría (como ya te he explicado... y al final has podido comprender)... por tanto solución también descartada (si no quieres hacer malaverismos sin red, claro).

¿ qué otra Solución Práctica nos queda y a Fondo perdido ? pues la AMPLIACIÓN DE CAPITAL de los dos socios, ni más ni menos.

Que ya de paso te recuerdo, porque veo definitivamente que lo Fiscal no es lo tuyo: actualmente la Ampliación de Capital está EXENTA de ITP y AJD, es decir, que en dicha operación solo se pagarán los gastos del Notario, nada de impuestos, nada más... ¿ vale ? ... lo coges... ¿ vamos viendo por donde van los tiros ? o por el contrario somos de reflejos lentos, como en todo el "Post",... y todavía NO... :shock:
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 15:04

La ampliación de capital, ya la he dao por descartao de antes. Y se perfectamente que no tributa como ITP. Eso está redicho una y otra vez. Naturalmente, solo quedaría el Notario.

Pero es que no es esa la cuestión. Parto de las siguientes premisas, según deduzco por los deseos de los socios aportantes, según información de principio:

1º.- Desean pagar unos futuros gastos solo 2 socios. No quieren consideración de préstamos.
2º.- A fondo perdio. Es decir, no esperan devolución, por ningún lao. Por lo tanto, deben terminar en la 118, como aportaciones societarias.
3º.- No desean "tributar", porque es lo que "les preocupa". Ya sabemos la exención ITP, ni ningún otro gasto mas (si lo hubiera). Por lo tanto, fuera notario. Y tampoco como posibles beneficios (se deduce).
4º.- Y naturalmente, como premisa mas importante, deduzco que no quieren complicar al tercer socio con una ampliación de capital, en la cual no participaría, disminuyendo su porcentaje de participación con respecto a los demás. Esto pa mi, caso de desearlo, es lo MAS IMPORTANTE de to...Con ello cuento, pues....

¿Qué solución práctica cabria teniendo en cuenta to lo anterior?.....Creo que es mas que evidente. Está a la vista de cualquiera....
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 15:16

Y no hace falta conocer mucho de FISCALIDAD....Es de perogrullo la solución....

¿Lo quieremos ver como una adivinanza?....Pos bien, ahí queda pa quien lo desee....
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Re: DUDA APORTACION SOCIOS

Notapor DATAKON » 14/09/2017 05:35

Bueno, ya veo que si bien estamos al quite pa las criticas, ya la cosa cambia cuando se trata de encontrar una solución práctica al tema. Que en realidad, es lo que se demanda.

Simplemente, conforme subyace en la demanda de principio (así lo interpreto yo), se trata de encontrar la fórmula apropiada pa que los socios que aportan un dinero pa próximo pagos, ya que lo van a considerar a FONDO PERDIDO (desestimando la opción de préstamo), que encima no tengan que pagar tributación alguna (ni como ITP, que ya se sabe, ni por posibles beneficios en su caso). Dado que es lo que "preocupa" .

Y naturalmente se entiende (al menos yo así por mi parte), sin tocar los derechos actuales del tercer socio, que na aporta.

¿Nadie se lanza al ruedo?....Esa es la demanda en realidad. Lo que ya se ha aportao, es lógico suponer que ya lo conocen. Al menos lo de la ampliación de capital.

¿Existe pues alguna fórmula, aunque sea "práctica", pa no tener que tributar por ningún concepto en esa aportación a fondos perdidos?... Eso es lo que se demanda en realidad.....

Ya estoy dando alguna sugerencia...Y no es una adivinanza en realidad. Es una solución que se toma en muchisimos casos por el estilo.....Y no pasa na de na....
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