Buenas tardes,
Tengo una duda respecto al Sistema SII al considerar una factura rectificativa por diferencias o sustitucion.
Ejemplo: he recibido una factura original con una base imponible de 12 euros e IVA de 0%
La factura original emitida es un cargo indebido (no tendrian que haber emitido ningun cargo)
Han emitido una factura rectificativa de la original con base imponible de -12 euros e IVA de 0%
A la hora de introducir las facturas en el sistema SII, no consigo saber si esta segunda factura se trataria como factura de sustitucion o por diferencias.
Podria alguien ayudarme por favor??
Muchas gracias!!
Saludos
Fiscalidad: Sistema sii
Moderador: Fiscalidad
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Re: Sistema sii
RV96 escribió:Hola buenos días.
Siempre que tengo duda de algo me acuerdo de vosotros, gracias por estar aquí.
Mi duda es la siguiente, he contabilizado en abril la factura de Telefonica como Telefonica móvil, ahora quiero hacer la rectificación, esas teóricas facturas anulando en una empresa y dándola de alta en la otra, no sé si debo especificarlo como factura rectificativa por error y sustitutiva, o simplemente hacer abono y cargo, porque realmente no hay factura física que soporte estos documentos.
Que me aconsejáis?
muchas gracias
saludos
tengo esa misma duda ahora, me he equivocado en el NIF de un proveedor, y al ser uno de los 3 campos que no te dejan "modificar" desde la web de Hacienda SII, no sé cómo actuar.
Se da el caso que es una fra. recibida de bastante importe, y tengo que meterla en el mes 09 como sea, dudo entre hacer un escrito a Hacienda para que me recojan este cambio(no lo veo), anular el registro que está en el SII, y volver a introducirlo en período septiembre, esto ya con la posible sanción que me vendría,....
se os ocurre alguna otra opción???
saludos.
- hermes_
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