Fiscalidad: Sistema sii
Moderador: Fiscalidad
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Re: Sistema sii
Hola,
Duda que se me plantea en cuanto a fecha contabilidad / envio SII / Mod. 303.
¿Puedo contabilizar el día 10 de agosto una factura que lleva fecha 15 de julio y declararla en el modelo 303 de julio que se presentaría el 30 de agosto? Yo pienso que no, porque al llevar fecha contabilidad 10 de agosto ya tendría que ir al modelo 303 de agosto...
Pero no encuentro sentido a que el último día que pueda poner de fecha contable sea el 31 de julio para tener que remitir el registro de facturas el día 8 y tener que presentar la declaración el día 30 de agosto... para que dan más días de presentación si el día 8 tengo que tener todo julio listo para la AEAT.
Cualquier aclaración será bien recibida. Necesito algo de luz
Duda que se me plantea en cuanto a fecha contabilidad / envio SII / Mod. 303.
¿Puedo contabilizar el día 10 de agosto una factura que lleva fecha 15 de julio y declararla en el modelo 303 de julio que se presentaría el 30 de agosto? Yo pienso que no, porque al llevar fecha contabilidad 10 de agosto ya tendría que ir al modelo 303 de agosto...
Pero no encuentro sentido a que el último día que pueda poner de fecha contable sea el 31 de julio para tener que remitir el registro de facturas el día 8 y tener que presentar la declaración el día 30 de agosto... para que dan más días de presentación si el día 8 tengo que tener todo julio listo para la AEAT.
Cualquier aclaración será bien recibida. Necesito algo de luz
- JAVIER89
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Re: Sistema sii
JAVIER89 escribió:Hola,
Duda que se me plantea en cuanto a fecha contabilidad / envio SII / Mod. 303.
¿Puedo contabilizar el día 10 de agosto una factura que lleva fecha 15 de julio y declararla en el modelo 303 de julio que se presentaría el 30 de agosto? Yo pienso que no, porque al llevar fecha contabilidad 10 de agosto ya tendría que ir al modelo 303 de agosto...
Pero no encuentro sentido a que el último día que pueda poner de fecha contable sea el 31 de julio para tener que remitir el registro de facturas el día 8 y tener que presentar la declaración el día 30 de agosto... para que dan más días de presentación si el día 8 tengo que tener todo julio listo para la AEAT.
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Hola Javier, una factura con fecha de expedicion 15 de julio, pero con fecha recepcion y fecha de registro contable 10 de agosto, fecha fin de plazo es 23 de agosto y el periodo es AGOSTO.
No se si voy a saber explicarte el sentido. La cuestión es que me imagino que tu antes de esta historia aunque recibieras la factura el 10 de agosto, ¿cuando contabilizabas la factura?, ,pues me imagino que si te la querias deducir y no tenias el periodo cerrado, la declarabas en Julio, ¿no?.
Pues ahora, la cosa cambia...
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
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Re: Sistema sii
tapia escribió:JAVIER89 escribió:Hola,
Duda que se me plantea en cuanto a fecha contabilidad / envio SII / Mod. 303.
¿Puedo contabilizar el día 10 de agosto una factura que lleva fecha 15 de julio y declararla en el modelo 303 de julio que se presentaría el 30 de agosto? Yo pienso que no, porque al llevar fecha contabilidad 10 de agosto ya tendría que ir al modelo 303 de agosto...
Pero no encuentro sentido a que el último día que pueda poner de fecha contable sea el 31 de julio para tener que remitir el registro de facturas el día 8 y tener que presentar la declaración el día 30 de agosto... para que dan más días de presentación si el día 8 tengo que tener todo julio listo para la AEAT.
Cualquier aclaración será bien recibida. Necesito algo de luz
Hola Javier, una factura con fecha de expedicion 15 de julio, pero con fecha recepcion y fecha de registro contable 10 de agosto, fecha fin de plazo es 23 de agosto y el periodo es AGOSTO.
No se si voy a saber explicarte el sentido. La cuestión es que me imagino que tu antes de esta historia aunque recibieras la factura el 10 de agosto, ¿cuando contabilizabas la factura?, ,pues me imagino que si te la querias deducir y no tenias el periodo cerrado, la declarabas en Julio, ¿no?.
Pues ahora, la cosa cambia...
Si la pasa al ordenador el 10 de agosto, tiene plazo hasta el 23 de agosto para enviarla a la HP, y en ese caso el periodo es agosto.
Pero si en vez de esperarse al 23 de agosto, la envía por ejemplo el 12 de agosto, yo creo que se puede incluir en el periodo de julio. Al ser festivo el 15 de agosto, hasta el 16 de agosto tendría tiempo de enviar facturas recibidas para el periodo de julio.
- Sandro
- Posts: 365
- Registrado: 23/05/2013 11:06
Re: Sistema sii
Estoy de acuerdo contigo Sandro
Si suponemos que la fecha de recepción se ponga el 31 de Julio ( aunque la factura sea de fecha de expedicion el 15 de Julio y la fecha de recepcion haya sido realmente del 10 de agosto como creo entender que ha sido) y la fecha del registro contable se haga el 12 de agosto, la fecha fin de plazo pasa a ser el 16 de agosto y el Periodo es JULIO
En este caso como tambien existe la opcion de enviar la fecha fin de plazo al 24 de agosto entonces el periodo seria AGOSTO.
Con el SII, vamos a ir aprendiendo con el sistema SLM. (sobre la marcha)
Si suponemos que la fecha de recepción se ponga el 31 de Julio ( aunque la factura sea de fecha de expedicion el 15 de Julio y la fecha de recepcion haya sido realmente del 10 de agosto como creo entender que ha sido) y la fecha del registro contable se haga el 12 de agosto, la fecha fin de plazo pasa a ser el 16 de agosto y el Periodo es JULIO
En este caso como tambien existe la opcion de enviar la fecha fin de plazo al 24 de agosto entonces el periodo seria AGOSTO.
Con el SII, vamos a ir aprendiendo con el sistema SLM. (sobre la marcha)
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- tapia
- Posts: 1145
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Re: Sistema sii
Y para colmo, el primer 303 a presentar con este sistema será en agosto, cuando muchos estamos de vacaciones. Es de locos.
- Sandro
- Posts: 365
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Re: Sistema sii
Muchas gracias Sandro y Tapia, la verdad que esto del SII es un quebradero de cabeza.
Voy a plantear una pregunta más clara para ver si me aclaro sobre todo fecha de contabilidad y periodo de declaración del IVA.
Facturas recibidas
¿Puedo incluir en la declaración del IVA de julio una factura contabilizada con fecha 10 de agosto?
Por algún lado leí e interpreté que las facturas que se quieran deducir en la declaración del IVA de julio, el último día de contabilidad es el 31 de julio.
Voy a plantear una pregunta más clara para ver si me aclaro sobre todo fecha de contabilidad y periodo de declaración del IVA.
Facturas recibidas
¿Puedo incluir en la declaración del IVA de julio una factura contabilizada con fecha 10 de agosto?
Por algún lado leí e interpreté que las facturas que se quieran deducir en la declaración del IVA de julio, el último día de contabilidad es el 31 de julio.
- JAVIER89
- Posts: 8
- Registrado: 13/02/2017 12:21
Re: Sistema sii
JAVIER89 escribió:Muchas gracias Sandro y Tapia, la verdad que esto del SII es un quebradero de cabeza.
Voy a plantear una pregunta más clara para ver si me aclaro sobre todo fecha de contabilidad y periodo de declaración del IVA.
Facturas recibidas
¿Puedo incluir en la declaración del IVA de julio una factura contabilizada con fecha 10 de agosto?
Por algún lado leí e interpreté que las facturas que se quieran deducir en la declaración del IVA de julio, el último día de contabilidad es el 31 de julio.
Si la "envias" hasta del 16 de agosto, Si.
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- tapia
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- Registrado: 23/11/2016 10:42
Re: Sistema sii
JAVIER89 escribió:Muchas gracias Sandro y Tapia, la verdad que esto del SII es un quebradero de cabeza.
Voy a plantear una pregunta más clara para ver si me aclaro sobre todo fecha de contabilidad y periodo de declaración del IVA.
Facturas recibidas
¿Puedo incluir en la declaración del IVA de julio una factura contabilizada con fecha 10 de agosto?
Por algún lado leí e interpreté que las facturas que se quieran deducir en la declaración del IVA de julio, el último día de contabilidad es el 31 de julio.
La puedes entrar en tu ordenador el 10 de agosto, incluso hasta el 16 (porque en agosto el 15 es festivo, sino sería hasta el 15), pero debes contabilizarla con fecha de julio. Y "enviarla" hasta el 16.
Lo que también debes fijarte es que desde que la entras a tu ordenador no pasen más de 8 días (descontando sábados, domingos y festivos nacionales) para hacer el envío a HP.
- Sandro
- Posts: 365
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Re: Sistema sii
Buenos días
Dice....se excluyen sábados, domingos y fiestas nacionales........o sea que fiesta local(8 de septiembre en Málaga) o de la Comunidad (28 de febrero día de Andalucía) parece que no se excluya???????
Eso nunca ha pasado....
Dice....se excluyen sábados, domingos y fiestas nacionales........o sea que fiesta local(8 de septiembre en Málaga) o de la Comunidad (28 de febrero día de Andalucía) parece que no se excluya???????
Eso nunca ha pasado....
-
Janette - Posts: 1057
- Registrado: 15/01/2008 01:21
Re: Sistema sii
Buenos días,.....tema códigos
Qué códigos corresponde...
FRA.EMITIDA(PREST.SERVICIOS)A EMPRESARIO CANARIO
F1-factura
01-Op.en régimen general
N2-No sujeta (op.no sujetas en TAI por Reg.Localización)
ES CORRECTO ASI ???
FRA.EMITIDA(VENTA)A EMPRESARIO CANARIO
F1-Factura
02-Exportación
ES CORRECTO ASI ??
Mil gracias
Qué códigos corresponde...
FRA.EMITIDA(PREST.SERVICIOS)A EMPRESARIO CANARIO
F1-factura
01-Op.en régimen general
N2-No sujeta (op.no sujetas en TAI por Reg.Localización)
ES CORRECTO ASI ???
FRA.EMITIDA(VENTA)A EMPRESARIO CANARIO
F1-Factura
02-Exportación
ES CORRECTO ASI ??
Mil gracias
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Janette - Posts: 1057
- Registrado: 15/01/2008 01:21
Re: Sistema sii
Janette escribió:Buenos días,.....tema códigos
Qué códigos corresponde...
FRA.EMITIDA(PREST.SERVICIOS)A EMPRESARIO CANARIO
F1-factura
01-Op.en régimen general
N2-No sujeta (op.no sujetas en TAI por Reg.Localización)
ES CORRECTO ASI ???
Yo sustituiria 01 por 08...
En el campo “Clave Régimen especial o Trascendencia” se consignará el valor 08 y se
registrarán como operaciones “no sujetas” en el campo de Importe no sujeto por reglas de localización
Es mi interpretacion de la faq.2.22
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
- Posts: 1145
- Registrado: 23/11/2016 10:42
Re: Sistema sii
Yo sustituiria 01 por 08...
En el campo “Clave Régimen especial o Trascendencia” se consignará el valor 08 y se
registrarán como operaciones “no sujetas” en el campo de Importe no sujeto por reglas de localización
Es mi interpretacion de la faq.2.22[/quote]
Gracias,
Lo he pensado....pero....una prestación de servicio a un Canario.....¿se considera la 08-Operaciones sujetas al IPSI ??
Esa es mi duda.....porque no está sujeto al impto.canario....
En el campo “Clave Régimen especial o Trascendencia” se consignará el valor 08 y se
registrarán como operaciones “no sujetas” en el campo de Importe no sujeto por reglas de localización
Es mi interpretacion de la faq.2.22[/quote]
Gracias,
Lo he pensado....pero....una prestación de servicio a un Canario.....¿se considera la 08-Operaciones sujetas al IPSI ??
Esa es mi duda.....porque no está sujeto al impto.canario....
-
Janette - Posts: 1057
- Registrado: 15/01/2008 01:21
Re: Sistema sii
Janette escribió:Yo sustituiria 01 por 08...
En el campo “Clave Régimen especial o Trascendencia” se consignará el valor 08 y se
registrarán como operaciones “no sujetas” en el campo de Importe no sujeto por reglas de localización
Es mi interpretacion de la faq.2.22
Gracias,
Lo he pensado....pero....una prestación de servicio a un Canario.....¿se considera la 08-Operaciones sujetas al IPSI ??
Esa es mi duda.....porque no está sujeto al impto.canario.... [/quote]
¿por qué dices que no esta sujeto al IGIC?
Yo entiendo que el empresario canario, por inversion del sujeto pasivo, va a contabilizar esa prestacion de servicios devengando IGIC y deduciendose a su vez el IGIC si tiene derecho a ello, ¿no?
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- tapia
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Re: Sistema sii
Síiii es verdad, desde el punto de vista del canario SIII
Ok, entonces pues entonces tomo nota.
Udjjdfff qué pesadez es esto
Habéis pensado que tenemos que subir toooodooo el 1ºsemestre, miles de APUNTES...
Ok, entonces pues entonces tomo nota.
Udjjdfff qué pesadez es esto
Habéis pensado que tenemos que subir toooodooo el 1ºsemestre, miles de APUNTES...
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Janette - Posts: 1057
- Registrado: 15/01/2008 01:21
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