Contabilidad España: INDEMNIZACION SEGURO

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

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INDEMNIZACION SEGURO

Notapor guiomar » 25/01/2007 20:54

Una persona tiene una avería en un vehiculo (totalmente afecto a la actividad), paga la reparación y le dan una factura con IVA, lo contabilizo de la siguiente manera:

100,00 (622)
16,00 (472) a (410) 116,00

¿No?

Entonces recibe una indemnización de la compañía de seguros porque tiene cubierto este tipo de eventualidades, las indemnizaciones no llevan IVA, ¿verdad?, entiendo que el asiento sería:

116,00 (570) a (778) 116,00

Es un ingreso significativo y no periodico.

¿Está bien así? Es que de esta manera se está deduciendo un IVA en la declaración trimestral que después recupera por la indemnización y no declara en ningún lugar como repercutido.

Creo que estoy haciendo algo mal pero no sé qué.

Guiomar
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Notapor ricard » 25/01/2007 21:29

Hola Guiomar,
lo haces bien, la contabilizacion de la fra de la reparacion es correcta,
al igual que el cobro de la indemnizacion, el cobro de la misma es sin iva,
la contabilizacion de esa indemnizacion seria del subgrupo 77, para quellos siniestros que afecten al inmovilizado o elemenos nol relacionados directamente con la actividad habitual, puedes crear una cuenta 776 "ingresos por indemnizaciones de seguros por siniestro en inmovilizado"

la forma de contabilizacion de las mismas esta basada en la propuesta descrita por el ICAC (consulta nº 3 BOICAC nº 45), aunque la norma es de obligado cumplimiento solo para las empresas del sector de actividad al que van dirigidas, su aplicacion puede hacerse extensiva a todo tipo de empresas

podras ver la consulta en esta misma web, margen izquierdo Contabilidad en Colsultas ICAC
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Notapor guiomar » 26/01/2007 10:26

Muchas gracias!

Guiomar
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Indemnización seguro.

Notapor Huelvaplus » 26/01/2007 21:50

Hola:
Me interesó el tema y leí la consulta del ICAC.
Menciona en ella la cuenta 448.
En el Plan general de contabilidad que tengo de la 445 pasa a la 449.
¿Sabeis de alguna página donde venga el PGC más ampliado?
¿Sabeis como se llama esta cuenta?

Gracias.
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Notapor ricard » 26/01/2007 21:56

Hola

en los PGC sectoriales (construccion, vitivinicolas, etc)

448. Deudores por indemnizaciones de entidades de seguros en la actividad (*).

Créditos con entidades de seguros por indemnizaciones sobre existencias y otros elementos afectos a la actividad de la empresa que ocasionen gastos de explotación, incluidos por tanto los derivados de créditos comerciales y excluidos los resultantes del inmovilizado y otros elementos distintos de los anteriores, de acuerdo con lo establecido en las Normas de Valoración.

Figurará en el activo del balance.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará por el importe de la indemnización, con abono a cuentas del subgrupo 75.

b) Se abonará por la cancelación con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
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Indemnización seguro.

Notapor Huelvaplus » 26/01/2007 22:07

Gracias, Ricard.
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Notapor edujuconta » 26/01/2007 22:38

Aquí puedes ver un resumen de cuentas añadidas al PGC (no están todas, pero hay muchas):
PGC, CUENTAS AÑADIDAS
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