Laboral y Seguridad Social: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Gestión de nóminas, seguros sociales, incapacidades transitorias, ...

Moderador: Laboral y Seguridad Social

INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor chaves » 31/07/2012 18:32

Buenas tardes, tengo una duda sobre el cobro de una indemnización, si estoy dado de alta desde el 1/9/1987 en un contrato indefinido a jornada completa y me plantean el despido el 31 de julio de 2012 (45 días) que serían 78.000 euros y otra opción que sería continuar en la empresa a media jornada, que tal como están las cosas, puede que fuesen uno o dos años más, mi pregunta es ¿ si me corresponden 78.000 euros hasta el 31 de julio de 2012 y paso a media jornada a partir de esta fecha hasta que me despidan, que puede ser dentro de dos años, echando las cuentas, al estar a media jornada me perjudicaría en la indemnización que me corresponda al final ?, pues al ser menos cantidad y menos días (30 días a 1/2 jornada =15 días), el calculo del salario diario sería menor ¿no?.
Gracias y saludos.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor aitor787 » 01/08/2012 13:26

Sólo si tienes un hijo menor de 8 años o cuidas de un familiar de hasta 2º grado discapacitado y pides la reducción por cuidado no te afectaría al cálculo de la indemnización por despido.

En el caso de que la reducción de la jornada fuera por otros motivos, creo que tu indemnización se calcularía teniendo en cuenta el salario que percibes en el momento del cese a 45 días por año de servicio hasta febrero de 2012 y a 33 días después.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor chaves » 01/08/2012 18:33

El cambio a media jornada no es que yo lo solicite es que me lo plantea la empresa en vez de hacerme el despido ya, por eso preguntaba, si no ecepto la reducción de jornada y me despidieran me corresponderían 78.000 euros, pero si me paso a media jornada y las nóminas me la bajan a la mitad, dentro de un año, por ejemplo, cuando me indemnizaran, la cantidad sería menor de 78.000 euros ya que las últimas nóminas son más bajas ¿no?.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor Kalima » 01/08/2012 18:35

Exacto, yo, desde luego, dado que la indemnización se ve interesante no aceptaría la reducción de jornada, que tiene toda la pinta de "tente mientras cobro" y despedirte a los cuatro días igualmente, pero con la mitad de indemnización.
Saludos.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor DATAKON » 01/08/2012 18:38

Kalima escribió:Exacto, yo, desde luego, dado que la indemnización se ve interesante no aceptaría la reducción de jornada, que tiene toda la pinta de "tente mientras cobro" y despedirte a los cuatro días igualmente, pero con la mitad de indemnización.


¿Y en caso de aceptación, tendria valor el suscribir un documento en donde se respete los derechos adquiridos, hasta el cambio, en caso de un despido futuro?.

Yo creo, por lógica, que esos derechos deberian reconocerse y respetarse de alguna forma.

Desde luego si no es así, la cantidad "devengada" como indemnización, no aconseja realizar tal cambio de jornada. Sale perdiendo a todas luces.
Última edición por DATAKON el 01/08/2012 18:43, editado 1 vez en total
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor Kalima » 01/08/2012 18:42

Pues no, tal vez en juicio y siempre que el juez así lo determinara, pero está claro que no es esa la idea del empresario, con lo cual, él que valore...
Saludos.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor DATAKON » 01/08/2012 19:21

Pues no se, no se. Yo estimo que si se incluye una cláusula especial en el nuevo contrato en donde se haga constar y se respete los derechos adquiridos, o en documento anexo al mismo, podria ser válido. Los contratos están abiertos a introducir todo tipo de cláusulas, mientras que no se opongan a la normativa vigente o al derecho contractual.

Es mas, podria hacer gestiones cerca del SEPE de su provincia e informarse al respecto. O buscar un abogado laboralista que le informe. La cosa merece la pena, antes de ir al paro, así como así. Aún a pesar de esa indemnización.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor aitor787 » 01/08/2012 19:39

Me he pasado un rato buscando sentencias sobre el asunto y el tema es controvertido.

Por poder, entiendo que si aceptas seguir en la empresa y te despiden dentro de un año, o de 6 meses, si que pueden pagarte menos indemnización porque ésta se paga en función del salario en el momento del despido.

Otra cosa es que en la posterior reclamación judicial demuestres que la empresa actuó de mala fe, bajándote el salario para posteriormente despedirte con una menor indemnización, o que la reducción de la jornada fue una imposición ilegal de la empresa y que por tanto te tendrían que pagar la indemnización conforme al salario que percibías anteriormente.

Por lo que sé la reducción de la jornada de trabajo es una decisión unilateral de la empresa, contra la que el trabajador puede oponerse mediante reclamación judicial. Es decir, que si te quieren reducir la jornada te la reducen.

Además, la reducción de la jornada por causas técnicas, económicas, organizativas o de la producción conlleva un procedimiento por el que el trabajador cobra la prestación por desempleo de forma proporcional a la reducción y con un derecho de reposición sobre la prestación consumida.

Siento no poder aclararte la cuestión, pero como he dicho al principio el tema es controvertido y hay sentencias que estiman el pago de la indemnización conforme al salario reducido y otras con el salario completo.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor aitor787 » 01/08/2012 19:39

A ver si alguien nos puede decir algo más.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor chaves » 01/08/2012 20:53

Esto sería una putada, yo tenía entendido que para calcular el salario medio diario de todo el tiempo trabajado era sumando todo lo que has cobrado durante el tiempo contratado y multiplicado éste por el número de días que te corresponda en función del tiempo trabajado, es decir:
Calculo Indemnización (45 días) del 1/9/87 al 31/7/2012= 24 años completos más 330 días x 45 = 1.121 días.
Por otro lado si he cobrado desde que me dí de alta hasta el 31/7/12 la cantidad de 761.682 euros, dividido por 365 = 2.086,80 euros mes : 30 = 69,56 euros por día.
Luego: 1.121 dias x 69,56 euros = 77.976,76 euros de indemnización.

Yo había calculado en el caso de reducción de jornada que si me despiden dentro de un año a media jornada cobraría en este año = 31.200 euros, quedando el calculo en:

761.682 + 31.200 = 792.882 euros,dividido por 365 días = 2.172,28 : 30 = 72,40 euros.
Y 1.121 días + 45 días = 1.166 días x 72,40 euros = 84.418,40 euros de indemnización.

Ahora, si como comentais, se calcula sobre la última nómina, suponiendo que fuese la mitad 1.300 euros x 12 = 15.600 : 365 días = 42,74 euros día.
Y 1.166 días x 42,74 euros = 49.834,84 euros de indemnización.

Total que por la cara, la empresa se ahorra 35.583 euretes si se me ocurre cambiar el contrato, ¡que listos!
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor DATAKON » 01/08/2012 22:36

Mi consejo, dado que no soy especialista o experto en laboral, es que te informes en algún organismo oficial (Oficina de Empleo), aparte de buscrate algún abogado laboralista.

Y si está afiliada a algún Sindicato, empieza por aqui.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor JOSANGA » 05/08/2012 16:48

chaves escribió:Buenas tardes, tengo una duda sobre el cobro de una indemnización, si estoy dado de alta desde el 1/9/1987 en un contrato indefinido a jornada completa y me plantean el despido el 31 de julio de 2012 (45 días) que serían 78.000 euros y otra opción que sería continuar en la empresa a media jornada, que tal como están las cosas, puede que fuesen uno o dos años más, mi pregunta es ¿ si me corresponden 78.000 euros hasta el 31 de julio de 2012 y paso a media jornada a partir de esta fecha hasta que me despidan, que puede ser dentro de dos años, echando las cuentas, al estar a media jornada me perjudicaría en la indemnización que me corresponda al final ?, pues al ser menos cantidad y menos días (30 días a 1/2 jornada =15 días), el calculo del salario diario sería menor ¿no?.
Gracias y saludos.


Chaves, no soy laboralista ni nada parecido, pero esto de pasarte a media jornada¿ es una opción o te lo impone la empresa, o te da a elegir?

Es que me extraña muchísimo, que la empresa te de a elegir entre pagarte el despido ó ponerte a media jornada, cuando con la nueva reforma laboral, ellos te pueden imponer la media jornada porque no hay suficiente trabajo o porque les de la ganas, esta reforma no favorece para nada al empleado, sin embargo al empresario mucho.

Otra cosa, si aceptas el despido , la empresa ¿va a poner en el FINIQUITO Y EN EL CERTIFICADO DE EMPRESA, despido procedente, improcedente o baja voluntaria? porque Fin de contrato no te puede poner (ERES INDEFINIDO)

, NO FIRMES SI PONE BAJA VOLUNTARIA, porque no tendrás derecho a cobrar el paro Y QUE EN EL CERTIFICADO DE EMPRESA TAMPOCO PONGA BAJA VOLUNTARIA, PORQUE EL SERVICIO DE EMPLEO (INEM) TE VA A DECIR QUE NO TE PERTENECE DESEMPLEO.

Lo de que la indemnización que te van a dar son 78.000 €, ¿lo has calculado tú o te lo ha calculado la empresa?.

Porque si es eso cierto entonces no me cuadra con lo que dices en otro comentario. Desde 1/09/87 hasta el 31/07/2012 hay 24 años y 11 meses
Si te van a pagar 45 días por año trabajado sería:
45 días x 24 años = 1080 días + 41,25 dias (por los 11 meses)
Total: 1080 + 41,25 = 1121, 25 días

Si tu divides 78.000 € : 1121,25 días = 69,5652 € por dia
Entonces entiendo que tu en la actualidad ganas al mes 69,56 al día x 30 = 2089,50 € al mes. ¿ese es tu sueldo base, o tu sueldo bruto sin descontar nada?

es algo que tienes que tener en cuenta, porque no sé si en las indemnizaciones por despidos solo se coge el sueldo base, no sé si otro forero sabrá responderte a esto, porque yo no tengo ni idea.

¿AITOR TU SABES ALGO SOBRE COMO SE PAGAN LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO?

YO TE ACONSEJO QUE LE DIGAS QUE TE DE UNA COPIA DE LA INDEMNIZACIÓN O
FINIQUITO, COMO QUIERAN LLAMARLO Y ENSEÑASELO A ALGÚN SINDICATO O ALGÚN ASESOR LABORAL O ALGUIEN QUE SEPA DE ESTE TEMA, ANTES DE FIRMAR NADA.

PORQUE TE DIRÁN POR AHÍ,
QUE LO FIRMES Y PONGA CON TU MISMA LETRA "NO CONFORME", PERO ESO AL FINAL SI NO ESTÁS CONFORME, TENDRÁS QUE PONERTE EN MANOS DE ABOGADO PARA PONER UNA DEMANDA, E TC, ETC, ETC Y ESO SON GASTOSSS.

Si es cierto que te van a indemnizar con 78.000 € y no van a poner baja voluntaria, por lo tanto tendrás derecho a solicitar el paro, YO FIRMABA AHORA MISMO Y A BUSCARME OTRO TRABAJO.
En cuanto a que la empresa te pase a media jornada, eso no te interesa para nada, porque a los pocos días te puede despedir por una miseria y aparte te va influir a la hora de cobrar el paro, ya que ellos cogen los últimos 180 días cotizados y en ese caso va a ser mucho mas baja que con jornada completa.

Saludos Mucha suerte.
Saludos y espero que nos cuente como ha terminado todo, porque así, otra persona en tu mismo caso o parecido tendrá algunas respuestas y aparte, creo que todos los que te estamos ayudando y respondienndo deberiamos saber el final. ¿no crees?
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor aitor787 » 06/08/2012 12:15

Según entiendo de la DA 5º de la Ley 3/2012 la indemnización por despido improcedente se calcula haciendo el "doble redondeo", separando el período trabajado antes del 12/02/12 del de después contando como meses los periodos inferiores al año, tal que:

- Del 1-9-1987 al 12-2-2012 tendrías 24 años y 6 meses a 45 días por año.

24,5 x 45 = 1102,50 días lo que es igual a 36,5 mensualidades.

- Del 13-2-2012 a agosto (da igual el día porque se redondea a meses completos): 6 meses a 33 días por año

0,5 x 33= 16,50 días lo que es igual a 0,55 mensualidades

PERO!!! hay dos límites de mensualidades, el primero es de 24 mensualidades y puedes optar por el segundo, de 42 mensualidades si sólo se tiene en cuenta el período devengado hasta el 12/02/12, es decir que a partir de esa tú ya no devengas más indemnización por despido y por ello pierdes los 16,50 días de antes.

Una vez que sabes los días que te corresponden (1102,50) sólo te falta coger tu nómina, dividir tu sueldo entre 30 y multiplicar por los días para saber a cuánto puede ascender tu indemnización por despido improcedente.

Pero a mi me da que si te quieren reducir la jornada no te van a reconocer el despido como improcedente, sino por causas objetivas a 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades.
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Re: INDEMNIZACION POR JORNADA COMPLETA Y 1/2 NORNADA

Notapor fcg00009 » 06/08/2012 20:50

Vamos a ver, si la empresa le obliga a media jornada, por razones de produccion , organización o ecónomicas, el trabajador puede hacer tres cosas, 1ª aguantar ,
2ª denunciar 1ª ante smac y luego al juzgado que no esta conforme con esa reducción, la empresa tendrá que probar que es necesaria esa reducción, en los tiempos que corren es bastante facil probarlo, y 3º rescindir el contrato por modificación substancial en las condiciones de trabajo, esta rescisión se indemniza con 20 dias por año trabajado con un máximo de nueve mensualidades, un saludo
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