Contabilidad España: DUDA CONTABILIZAR PAGO FACTURA

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

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DUDA CONTABILIZAR PAGO FACTURA

Notapor nueva » 12/04/2011 09:41

Buenos dias,
Tengo una factura de un curso que hizo un trabajador de la empresa.
La question es que el trabajador paga la factura. Posteriormete me trae la factura y yo la contabilizo pero el pago de esta se lo hago al tabajador. Como se contabiliza el pago?
Gracias por vuestra ayuda.
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Re: DUDA CONTABILIZAR PAGO FACTURA

Notapor conta2000 » 12/04/2011 10:52

Si la factura viene a nombre del trabajador, y la empresa se lo paga, se trataria de un suplido. Es decir, deberiase contabilizarse como un anticipo en tal caso, o en su caso, gasto único de empresa, si esta así lo deseea. Pero no seria gasto deducible fiscalmente de la empresa, por no figurar la factura a nombre de la misma.

En cambio, si la factura viene a nombre de la empresa, aunque la pague el trabajador, se consideraria un gasto de la misma (Cuenta 649). Al trabajador, lo único que se hace es reembolsarle el pago adelantado por su cuenta. Como en los casos de los desplzamientos.

Esta factura, si está incluida dentro de los planes del Ministerio de Educcación, tiene la posibilidad de deducir de la cuota integra el 35% de su coste. Pero tiene que figurar a nombre de la empresa.

Saludos.
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Re: DUDA CONTABILIZAR PAGO FACTURA

Notapor nueva » 12/04/2011 11:09

La factura va a nombre de la empresa. Lo que passa és que la transferencia no està hecha a la cuenta de esta empres sino a la cuenta del trabajador.
el assiento seria:
410 a 572
pero esta 410 tine que ser la cuenta del creditor o una cuenta del trabajador?
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Re: DUDA CONTABILIZAR PAGO FACTURA

Notapor conta2000 » 12/04/2011 12:38

Si la factura viene a nombre de la empresa, se puede registrar como cualquier otra:

649
á 410 (Acreedor curso).

No existe IVA, salvo que el acreedor, al no estar clasificado para impartir cursos de formación, le hubiera dado el tratamiento de prestaciones de servicios. En este caso, podria figurar IVA.

Después el pago, lo puedes registrar como realizado por la empresa directamente al acreedor. El trabajador te ha hecho simplemente de "pagador", como en los buenos tiempos. Lo lógico es que conserve un recibo de pago al contado por parte del acreedor, o la firma en la factura del correspondiente "recibi", como justificación del pago para la empresa.

Saludos.
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