¿Podría tener problemas el anticipo que se lleve un socio a cuenta de dividendos y ser tratado como si fuera un préstamo y por tanto tener que pagar intereses?
Gracias
Contabilidad España: anticipo dividendos.
Moderador: Contabilidad
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Re: anticipo dividendos.
No tiene porque confundirse con un prestamo, el anticipo de dividendos está permitido por Ley y puede ser adoptado por la Junta de socios/accionistas en cualquier momento, siempre que exista liquidez en la empresa y dicho reparto se anote en la memoria. Según el art. 216 LSA el “botín” a repartir no puede exceder de los beneficios obtenidos en el ejercicio anterior (deducidas las pérdidas de ejercicios anteriores y la reserva legal, lógicamente).
Un saludo.
Un saludo.
Alea jacta est
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almarber - Posts: 1229
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Re: anticipo dividendos.
y como contabilizaría ese dividendo a cuenta recibido por el socio? lo digo porque si lo recibe en 2008 y hasta 2009 no se hace el reparto. gracias
- VASANHER
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