Hola tengo una duda sobre si debe estar en alta de autónomo o por el contrario no.
SOCIEDAD HOLDING que solo tiene tenencia de participaciones en otra sociedad y que tiene un administrador único con el 100% de participaciones sobre la holding.
Tiene obligación de estar en alta de autónomo teniendo en cuenta que no tiene actividad?
Gracias de antemano por la respuesta.
SAludos,
Laboral y Seguridad Social: OBLIGATORIEDAD DE ALTA AUTONOMO
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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Re: OBLIGATORIEDAD DE ALTA AUTONOMO
Hola, salvo mejor opinión, toda sociedad ha de designar a un administrador y este administrador ha de estar dado de alta en el régimen general de autónomos.
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julio - Administrador
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Re: OBLIGATORIEDAD DE ALTA AUTONOMO
Aun no teniendo actividad? es una Holding, sólo tiene participaciones sobre otra sociedad y un capital social.
El administrador es no remunerado.
El administrador es no remunerado.
- evmaduenoca
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