Fiscalidad: JUSTIFICACION DE INGRESOS

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JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor javimapo » 13/09/2017 13:15

Buenos días a todos

ayer me han contratado por cambio de asesoría y el cliente me presenta los ingresos del mes en un folio escrito de su puño y letra del tipo: "Junio 1000€, julio 1500€.." pero no hay tickets de caja ni facturas ni nada. De hecho me comenta que no tiene ni caja ni tpv...

¿Esto es correcto o le podría acarrear problemas en caso de inspección?

Un saludo a todos
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 13:24

En principio, pa justificar y declarar ingresos, debe existir algún tipo de comprobación, de lo contrario, quedaría en manos del sujeto pasivo declarar lo que quisiese. Por otra parte, no informas al completo de que tipo de actividad se trata, clasificación, y como se desarrolla en la actualidad.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor javimapo » 13/09/2017 17:15

Es una peluquería por estimación directa, tenía entendido que era necesario almenos ticket de cajas por justificar ingresos..

Entonces, entiendo que sobre la cantidad que me dice, por ejemplo 1000€ en el mes, la realidad es que son 826.45 bruto +173.55 de iva, verdad?
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 20:31

Si, en ESTIMACION DIRECTA, los ingresos brutos se consideran con el IVA incluido. Pa poder demostrar esos ingresos, se suele tener instalada una máquina registradora normalizada, al menos. Como cualquier otro negocio minorista. en las mismas condiciones.

Lo mas lógico seria encontrarse en el régimen simplificado de módulos (Epígrafe IAE 972.1), en donde conforme al personal contratado, se estimaría unos ingreso brutos anuales.
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor DATAKON » 13/09/2017 20:52

Es de suponer, que ese negocio de peluquria se encontrará en ESTIMACION DIRECTA SIMPLIFICADA, en donde seria necesario demostrar los ingresos. He aquí la información de la AEAT al respecto:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... cada.shtml

Lo mas normal hubiera sido clasificarse en ESTIMACION OBJETIVA. Es decir módulos, en donde se reconocería unos ingresos anuales.
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor carlos1912 » 14/09/2017 10:18

Hola,
En el caso estar acogido a Estimación Directa Simplificada y no poseer una caja registradora, por ser una peluquería con pocos ingresos (es decir que no le conviene estimación objetiva), lo que yo le indico al cliente es que además del resumen mensual de los ingresos, guarde una copia de facturas simplificadas realizadas por él a "mano", con su numero de factura, fecha, importe, iva, etc.. .
Creo que con esto sería suficiente, no?
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor DATAKON » 14/09/2017 10:48

Si, es factible realizar facturas a mano, siempre y cuando reunan los requisitos del Reglamento de Facturación. Tanto simplificadas como normalizadas. Así lo suelen hacer ciertos minoristas mediante los famosos “talonarios de facturación” que se encuentran en el mercado, pa cuando lo requiera la ocasión.

Adespues, ya seria un problema de la Administración, en caso de una inspección, poder demostrar por otros medios que ciertos ingresos no son correctos en su declaración.

Y recordar que, FISCALMENTE, serian necesarios los siguientes registros:

Empresarios
• Libro registro de Ventas e Ingresos
• Libro registro de Compras y Gastos
• Libro registro de Bienes de Inversión
• Libros exigidos por el IVA
Profesionales
• Libro Registro de Ingresos
• Libro Registro de Gastos
• Libro Registro de Bienes de Inversión
• Libro Registro de Provisiones y Suplidos

Pero que a efectos MERCANTILES (según el Código de Comercio), seria necesario llevar contabilidad ordenada, por tratarse de un empresario, realizando actos de comercio. Y una peluquería lo es, aunque se trate de servicios. Ya no se si la clasificación de esta peluquería o peluquero, a efectos del IAE, se encuentra encuadrado como empresario o profesional. Me imagino lo primero....Pero pa este caso, ya seria lo de menos.
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor javimapo » 14/09/2017 11:09

Algo como lo que dice carlos1912 me supone más normal, algo que justifique los ingresos del mes, porque -pienso yo- para qué dices que has ganado 1000 y no 500 por ejemplo? no se demuestra de ninguna manera los ingresos y mi duda es ante inspección qué les voy a decir a Hacienda.
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor DATAKON » 14/09/2017 11:10

Asimismo, conviene tener presente, a efectos fiscales, el art.104 del IRPF:

Artículo 104 Obligaciones formales de los contribuyentes

1. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas estarán obligados a conservar, durante el plazo de prescripción, los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones, rentas, gastos, ingresos, reducciones y deducciones de cualquier tipo que deban constar en sus declaraciones.

2. A efectos de esta Ley, los contribuyentes que desarrollen actividades empresariales cuyo rendimiento se determine por el método de estimación directa estarán obligados a llevar contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio.

No obstante, reglamentariamente se podrá exceptuar de esta obligación a los contribuyentes cuya actividad empresarial no tenga carácter mercantil de acuerdo con el Código de Comercio, y a aquellos contribuyentes que determinen su rendimiento neto por la modalidad simplificada del método de estimación directa.

3. Asimismo, los contribuyentes de este impuesto estarán obligados a llevar los libros o registros que reglamentariamente se establezcan.

4. Reglamentariamente podrán establecerse obligaciones específicas de información de carácter patrimonial, simultáneas a la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre el Patrimonio, destinadas al control de las rentas o de la utilización de determinados bienes y derechos de los contribuyentes.

5. Los contribuyentes de este impuesto que sean titulares del patrimonio protegido regulado en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad, deberán presentar una declaración en la que se indique la composición del patrimonio, las aportaciones recibidas, las disposiciones del patrimonio protegido realizadas durante el periodo impositivo, incluido el gasto de dinero y el consumo de bienes fungibles integrados en el patrimonio protegido, en los términos que reglamentariamente se establezcan.


Por lo que es lógico deducir, y así creo que lo admite la Administración, que quien lleve contabilidad ordenada conforme al Código de Comercio, los libros registro de compras/gastos y ventas/ingresos, pueden ser omitidos tal cual, bastando la propia contabilidad.
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor DATAKON » 14/09/2017 11:14

javimapo escribió:Algo como lo que dice carlos1912 me supone más normal, algo que justifique los ingresos del mes, porque -pienso yo- para qué dices que has ganado 1000 y no 500 por ejemplo? no se demuestra de ninguna manera los ingresos y mi duda es ante inspección qué les voy a decir a Hacienda.

A eso ya he contestado. Se pueden emitir facturas simplificadas a mano, tambien completas normalizadas (si así se requiere) siempre y cuando reunan los requisitos del Reglamento de Facturación:

REGLAMENTO FACTURACION:
http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/01/pdfs/BOE-A-2012-14696.pdf

Y ya en éste caso, le tocaría a la Administración (en su caso) poder demostrar lo contrario, ante una inspección.

Es una práctica mu habitual (por ejemplo ciertos talleres de coches), tener impresos una serie de facturas normalizadas, con un detalle de los servicios habituales, rellenado solo lo que se utilice en ca momento. Se añade la fecha, su numero, se totaliza, se le añade el IVA, y punto final. No cuesta mucho imprimer un modelo de facturas por ordenador, tamaño cuartilla. Tu se lo puedes hacer, si quieres añadir mas servicios.
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor javimapo » 20/09/2017 10:22

Muchas gracias a todos!
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Re: JUSTIFICACION DE INGRESOS

Notapor AJC-Candas » 20/09/2017 19:15

Yo al menos les pido que lleven lo que hacen cada dia aunque sea en una hoja con el fin de poder justificar esos ingresos, lo suyo seria emitir facturas simplificadas , pero al menos tener algun tipo de registro de las ventas mensuales



Por cierto algo parecido creo que ha psado en andalucia o en algun sitio hace poco donde se habia hecho una campaña de Hacienda y se habia acabado haceindo declarar a los establecimientos los mismos importes que se hubiesen tenido que declarar estando en modulos
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