Hola!!!
He leido que antes del cierre hay que comprobar si el iva cuadra, pero como se hace eso?? COmo lo compruebo?
Gracias
Contabilidad España: Comprobar iva
Moderador: Contabilidad
4 mensajes
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Hola, te comento como lo hago yo y a que a mi me da buen resultado.
Debes cotejar tus saldos de tesoreria a 31/12, que te cuadren con lo que te dicen los bancos y tu Caja, ya que podría haber alguna factura pdte.contabilizar ya pagada o cobrada.
Repasate los Mayores de las cuentas de los grupos 400 y 410, si estan bien y por ende, si esta pdte. alguna factura por recibir.
Al declarar el último trimestre del 2007, debes meter todo lo del año, si lo has hecho y te ha faltado algún iva de meter pues lo dejas para el 2008, que no pasa nada.Comprueba a su vez que lo que has puesto en el 390 sea la suma de los 4 trimestres del 300 duranet 2007.
Debe de coincidir (en la manera de lo posible) los saldos de las cuentas 472 y 477 con tu libro de facturas emitidas y recibidas que supongo generará tu programa de contabilidad. No hay que dejar huecos en la numeración de los registros de Iva.
Creo que con esto puede ser suficiente.
Saludos
Debes cotejar tus saldos de tesoreria a 31/12, que te cuadren con lo que te dicen los bancos y tu Caja, ya que podría haber alguna factura pdte.contabilizar ya pagada o cobrada.
Repasate los Mayores de las cuentas de los grupos 400 y 410, si estan bien y por ende, si esta pdte. alguna factura por recibir.
Al declarar el último trimestre del 2007, debes meter todo lo del año, si lo has hecho y te ha faltado algún iva de meter pues lo dejas para el 2008, que no pasa nada.Comprueba a su vez que lo que has puesto en el 390 sea la suma de los 4 trimestres del 300 duranet 2007.
Debe de coincidir (en la manera de lo posible) los saldos de las cuentas 472 y 477 con tu libro de facturas emitidas y recibidas que supongo generará tu programa de contabilidad. No hay que dejar huecos en la numeración de los registros de Iva.
Creo que con esto puede ser suficiente.
Saludos
E pur si muove
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Iankar - Posts: 170
- Registrado: 21/05/2008 18:00
Hola,
Me imagino la mayoría de lo que voya a contar lo sabes (también te lo ha dicho Iankar) pero así queda más explicado
Al cierre de cada trimestre es decir a 31 de marzo, a 30 de junio, a 30 septiembre y a 31 de diciembre debes hacer el asiento de la liquidación correspondiente del IVA (que no el pago) Es decir
----------------------------x----------------------
477 a 472
y si te sale a pagar y tienes cuotas a compensar en la (470) de trimestres anteriores.
y la diferencia a la (470) debe si te sale a devolver o compensar y a la (4750) si te sale a pagar.
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entonces ahí tienes la mejor comprobación de que el IVA está bien porque se saldarán los saldos de las cuentas 477 y 472 (te recomiendo hacer el asiento antes de presentar el impuesto). Te saldrá bien por que antes de hacer el impuesto también debes cotejar por si acaso el saldo de los mayores de las cuentas de IVA con el importe total de cuota del libro de facturas. (como bien decía nuestro amigo Iankar)
y luego ya en caso de que pagues el día que realices el pago harás el asiento.
---------------------------------------
4750 a 572
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saludos
Me imagino la mayoría de lo que voya a contar lo sabes (también te lo ha dicho Iankar) pero así queda más explicado
Al cierre de cada trimestre es decir a 31 de marzo, a 30 de junio, a 30 septiembre y a 31 de diciembre debes hacer el asiento de la liquidación correspondiente del IVA (que no el pago) Es decir
----------------------------x----------------------
477 a 472
y si te sale a pagar y tienes cuotas a compensar en la (470) de trimestres anteriores.
y la diferencia a la (470) debe si te sale a devolver o compensar y a la (4750) si te sale a pagar.
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entonces ahí tienes la mejor comprobación de que el IVA está bien porque se saldarán los saldos de las cuentas 477 y 472 (te recomiendo hacer el asiento antes de presentar el impuesto). Te saldrá bien por que antes de hacer el impuesto también debes cotejar por si acaso el saldo de los mayores de las cuentas de IVA con el importe total de cuota del libro de facturas. (como bien decía nuestro amigo Iankar)
y luego ya en caso de que pagues el día que realices el pago harás el asiento.
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4750 a 572
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saludos
aprendiendo el nuevo PGC
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OLITA - Posts: 129
- Registrado: 30/06/2008 15:54
Por supuesto, el asiento de cierre a cada trimestre, se dá por hecho que se realiza. Es decir:
DEBE:
477.16.- Iva repercutido al 16%
477.07.- Iva repercutido al 7%
477.04.- IVA repercutido al 4%
470o.- H.P. deudora por IVA (en sucaso)
HABER:
472.16.- IVA soportado al 16%
472.07.- IVA soportado al 7%
472.04.- IVA soportado al 4%
472..*.- IVA importación (en su caso)
4750.- H.P. acreedora por IVA.( en su caso).
Después compruebas la cuentas de IVA una a una. (Repercutido y soportado), y todas deben quedar a cero.
Asi de sencillo.
Saludos.
DEBE:
477.16.- Iva repercutido al 16%
477.07.- Iva repercutido al 7%
477.04.- IVA repercutido al 4%
470o.- H.P. deudora por IVA (en sucaso)
HABER:
472.16.- IVA soportado al 16%
472.07.- IVA soportado al 7%
472.04.- IVA soportado al 4%
472..*.- IVA importación (en su caso)
4750.- H.P. acreedora por IVA.( en su caso).
Después compruebas la cuentas de IVA una a una. (Repercutido y soportado), y todas deben quedar a cero.
Asi de sencillo.
Saludos.
No estoy de acuerdo con lo que dices, pero lucharé para que lo puedas decir(Voltaire)
Aprender sin pensar es tiempo perdido. Pensar sin aprender es peligroso (Confucio)
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RUNOLOPEZ - Posts: 11226
- Registrado: 18/02/2008 03:36
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